Conoce los Requisitos para Capitalizar el Paro para emprender un negocio
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En caso de que tú necesites o quieras cobrar las prestaciones sociales para impulsar un negocio, lo mejor que puedes hacer es capitalizar el paro y en este artículo nos encargaremos de brindarte todos los datos importantes que necesitas saber para ello.
En este artículo hemos recopilado toda la información relacionada a los Requisitos para Capitalizar el Paro y así puedas emprender el negocio que tanto sueñas.
Además, brindaremos mucha información que puede ser de tu interés sobre este trámite. Así que ¡Comencemos con el artículo, no esperes más!
Indice de Contenido
Requisitos para Capitalizar el Paro para emprender un negocio
Para poder capitalizar el paro o realizar el retiro del importe íntegro de tus prestaciones por desempleo deberás contar con una serie de requisitos. Estos son los siguientes:
- Debes tener derecho a percibir la prestación por desempleo.
- Estar al tanto de recibir 3 pagos mensuales derivados de la solicitud. En caso de ser beneficiario de las prestaciones por cese de actividad, deberá estar al tanto de percibir prestaciones por 6 meses como mínimo.
- No haber recibido ninguno de los pagos en ninguna de sus modalidades.
- Iniciar el trámite en un periodo de 1 mes a partir de la resuelto en la concesión de la cobranza del paro al 100%. Tienes permitido dar inicio al trámite y a su vez hacer el retiro de la Seguridad Social previo a la resolución del pago.
- Si has recibido prestaciones y a su vez trabajado de manera independiente en los últimos veinticuatro meses, no podrás disfrutar del adelanto.
Una vez que ha reunido estos requisitos, necesitarás consignar una serie de documentos, estos son:
- Petición de pago único. Haz click aquí para descargar el formato.
- DNI o en caso contrario, presentar el pasaporte.
- En caso de ser extranjero, residir en España y ser nacional de la Unión Europea, deberá consignar:
- Constancia de registro de ciudadano perteneciente a la Unión Europea en el cual se pueda identificar la NIE.
- En caso de ser extranjero, residir en España y no ser nacional de la Unión Europea deberá consignar:
- TIE en la cual se pueda apreciar el NIE.
- Pasaporte
- Oficio en el cual se detalle el proyecto e inversión a realizar. Si está realizando la petición de subvención de pagos de la Seguridad Social, este oficio no es necesario.
- Si constituirá una entidad mercantil, haga click aquí para visualizar los documentos.
- En caso de incorporarse a una sociedad mercantil en los últimos 12 meses, haga click aquí para visualizar los documentos.
- Si constituirá una sociedad laboral o cooperativa, haga click aquí para visualizar los documentos.
- En caso de incorporarse a una sociedad laboral o cooperativa, haga click aquí para visualizar los documentos.
- Para iniciar una sociedad autónoma, haga click aquí para conocer los documentos.
- Justificación.
¿Cómo solicitar la capitalización del paro
El trámite para capitalizar el paro e impulsar tu negocio puede realizarse de dos maneras:
- Presencial: asiste a las oficinas de la SEPE. Antes de esto deberás pedir una cita previa de atención en su sitio web. Para ubicar la oficinas más cercana haz click aquí.
- Online: haz el trámite por internet accediendo a su sitio de trámites electrónicos haciendo click aquí.
¿Cuándo se puede capitalizar el paro?
El trámite para capitalizar el paro se puede realizar en cualquiera de los siguientes momentos:
- Cuando se pida el alta inicial.
- Cuando se reanude la prestación contributiva.
- Al momento de realizar la incorporación a:
- Sociedad laboral
- Cooperativa
- Al crear una sociedad limitada
¿Qué significa capitalizar el paro?
La capitalización del paro es un trámite que consiste en cobrar de manera íntegra las prestaciones por desempleo. Es un incentivo creado por el Ministerio de Fomento de España que busca apoyar el empleo autónomo.
Esto es permitido cuando el solicitante realizará cualquiera de las siguientes actividades:
- Impulsar una actividad empresarial.
- Incorporarse a una sociedad laboral o a una cooperativa.
- El importe será desinado a una nueva entidad mercantil.
¿Cuánto cobras en el Paro?
La cantidad a cobrar en el paro dependerá de lo que pretendamos hacer con ésta. Si te impulsarás como trabajadora autónomo podrás:
- Cobrar el total de las prestaciones, si no es posible, se puede hacer en cuotas.
- Obtener lo que justifique como inversión.
- Cobrar el 15% de las prestaciones para ser utilizado en servicios de asesoramiento relacionados con el emprendimiento.
- Requerir el pago único para ser destinado a la constitución de una entidad, también para pagar los tributos y tasas de la misma.
Impulsarte como socio:
- Pedir un pago único para el pago del ingreso y demás aportaciones. Si es no es posible, se puede recibir el pago en cuotas.
- Requerir el pago único para ser destinado a la constitución de una entidad, también para pagar los tributos y tasas de la misma.
Socio trabajador:
- Puede obtener en una sola cuota la cantidad necesaria para el pago del ingreso como socio en concepto de participar en el capital de la entidad u acciones de la misma.
- Puede obtener la cantidad que desee para el pago del ingreso como socio en concepto de participar en el capital de la entidad u acciones de la misma.
Socio de entidad mercantil con 12 meses de antigüedad:
- Puede adquirir el total de las prestaciones siempre y cuando estés realizando alguna actividad profesional según lo indicado en el Régimen Especial de la Seguridad social.
- Cobrar el 15% de las prestaciones para ser utilizado en servicios de asesoramiento relacionados con el emprendimiento.
¿Cómo justificar el pago único del paro
Luego de haber recibido el pago correspondiente a la capitalización, deberás presentar, en el plazo de un mes luego dar inicio al emprendimiento, los documentos que puedan avalar cómo se va invertido este importe.
Para ello dirígete a una de las oficinas del SEPE. .
Consejos para Capitalizar el Paro
Antes de iniciar este trámite ten en cuenta la reunión del total de los documentos solicitados. Si tienes dudas puedes consultar con un gestor.
El realizar la justificación del pago único del cobro del paro, deberás tener en cuenta que no debes destinar el importe a una actividad distinta a la que has expresado. De lo contrario se te aplicarán multas por tal acción.