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Trámites que debes hacer para acceder al plan moves

Hoy, para acceder a las ayudas del Moves III, se requiere de algunos trámites con los que poder solicitarlas, estas en varias comunidades autónomas, tanto particulares, como empresas, como entidades públicas. Una manera de acceder a la compra de un vehículo nuevo, preferiblemente eléctrico o híbrido, de las cuales se manifiestan a través de los entes públicos. ¿Sabes los trámites que necesitas para el Plan Moves?

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El Plan Moves seguirá en marcha este 2022

Con su aprobación a principios de 2021, el Plan Moves III seguirá en marcha este 2022 como continuación del Plan Moves II, enfocado principalmente a la compra de vehículos eléctricos ya las infraestructuras de puntos de recarga y se alargará hasta 2023. Actualmente, cuenta con un presupuesto inicial de 400 millones de euros, ampliable a 800 millones de euros.

El mismo seguirá siendo el principal programa de ayudas y subvenciones para incentivar el sector de la electromovilidad durante 2022.

Este surgió como continuación del mencionado Plan Moves II, en el cual el Gobierno propone desde entonces una ayuda dispuesta a abaratar el proceso de compra de los vehículos de nueva generación.

A día de hoy, el Gobierno se ha comprometido a duplicar el presupuesto en caso de que la demanda de coches eléctricos e híbridos aumente considerablemente. También debemos tener en cuenta que parte del presupuesto para esta ayuda está destinado a la mejora de la infraestructura de carga del coche eléctrico, requisito indispensable para que su acogida sea fructífera. Ahora bien, ¿cómo y qué trámites necesitamos para acceder al Plan Moves?

Cómo son y qué trámites necesitamos

Partiendo del principio, tenemos que atender que estas ayudas para la compra de un vehículo eléctrico se dirigen por varias líneas. Por ejemplo, los particulares podrán obtener hasta 7.000 euros de subvención si además de adquirir un eléctrico achatarran un vehículo antiguo (de más de siete años). Las mismas condiciones se aplican a los modelos de hidrógeno.

Para los híbridos enchufables, el plan asigna 5.000 euros de apoyo (siempre que se desguace otro modelo) a aquellos PHEV que homologuen entre 30 y 90 kilómetros de autonomía eléctrica. Sin achatarramiento, la cifra baja a 2.500 euros. Asimismo, en caso de que la persona no disponga de un vehículo para entregar, la ayuda máxima será de 4.500 euros.

La compra de furgonetas eléctricas se subvencionará con hasta 9.000 euros en caso de que el usuario achatarre su viejo vehículo y con hasta 7.000 en caso de que no lo haga. Además, y a parte de la subvención, la persona recibirá un descuento adicional de al menos 1.000 euros por parte del concesionario para la adquisición de turismos y furgonetas, algo que también sucedía en la anterior edición.

En la actualidad, y pese a la demora de algunas comunidades autónomas, ya es posible, en todo el territorio nacional, acercarse a un concesionario y solicitar la ayuda formalmente, sin demora, para la compra de un 100% eléctrico o híbrido.

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Solicitar la ayuda

En primer lugar, antes de cualquier otro de los trámites ante el Plan Moves, es necesario formalizar la compra del vehículo en un concesionario. Como mínimo, solicitando un presupuesto con el importe de lo que nos va a costar vehículo.

Esto ya nos permitirá confirmar que el modelo deseado se acoge al Plan Moves III (el importe no debe superar los 45.000 euros de base imponible) y podremos saber la cuantía de la ayuda que nos otorga el estado).

Con el presupuesto o la hoja de pedido del coche ya se pueden hacer los trámites para solicitar la ayuda. Estos trámites puede hacerlos el propio comprador o, en determinadas Comunidades Autónomas, solo se permite que lo haga el concesionario.

Documentación requerida

Una vez dando acceso a la ayuda desde el mismo concesionario, se suelen pedir documentos como la copia del presupuesto o la hoja de pedido, copia del DNI o NIF, la declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias, el certificado de empadronamiento…

Una vez notificado, pasamos a una segunda fase. Ahí tiene que ver con el Ministerio de Industria, quien reclama otros documentos, como puede ser la copia de la factura de compraventa del vehículo. Esa factura debe ser posterior al 9 de abril de 2021 (fecha en la que se activó el Moves III) y debe constar en ella el descuento de como mínimo 1.000 euros que obligatoriamente debe hacer el concesionario.

Por su parte, si esta adquisición es a través de una empresa de renting, se pide el contrato de renting, en el que debe especificarse la duración (mínimo dos años).

Cobro de la ayuda

Tenemos que tener en cuenta, también, que entre que se notifica la solicitud a la administración de los trámites para el Plan Moves III y la solicitud de documentos que justifiquen la compra del vehículo suelen pasar semanas e incluso meses.

Algo que también suele ocurre para el que es el cobro de la ayuda, que suele tardar más de lo deseado. Y otro punto no menos importante: muchos usuarios no saben que posteriormente ese importe recibido deberá declararse en el Impuesto sobre la Renta, ya que tiene la consideración de ganancia patrimonial, y tributa.