Requisitos para facturar
Requisitos para facturar. Amigo contribuyente, mantente al día con los métodos de facturación en México, conoce los Requisitos para facturar: Todo lo que debes saber y cumple con la ley vigente.
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Desde el año 2014, la factura electrónica, a través de los Comprobantes Fiscales Digitales es obligatoria para la mayoría de contribuyentes. Sigue leyendo y amplia tu cultura fiscal.
Índice
- 1 Requisitos para facturar
- 2 Qué necesito para inscribirme en el RFC
- 3 Que es el SAT
- 4 Cómo genero un factura electrónica
- 5 Facturas electrónicas CFDI
Requisitos para facturar
Una factura es el comprobante que certifica la realización de una operación comercial. Esto quiere decir, que se ha comprado o vendido un producto o servicio.
Este documento es de obligatoria emisión por tener carácter mercantil. Existen algunos requisitos que deben ser cumplidos correctamente.
Las personas naturales o físicas, pueden facturar de forma fácil y sencilla, utilizando las facturas electrónicas. Esta modalidad genera seguridad y confianza tanto para el que la emite como el que la recibe.
Para la emisión de las facturas electrónicas es necesario que se cumpla con los siguientes requisitos:
Registrar la inscripción ante el RFC, bien por la modalidad electrónica dispuesta por el SAT, como por vía presencial, con cita previa en las oficinas habilitadas.
Presentando los siguientes documentos:
- El CURP o cédula de identidad personal.
- Los mexicanos por naturalización, presentar la carta de naturalización en original y fotocopia
- Extranjeros, el pasaporte o el documento que certifique su situación migratoria vigente.
- Una constancia del domicilio fiscal y de la actividad que ejerce.
- Documento de identidad como contribuyente que no esté vencido.
- La manifestación de conformidad para registrarse en el RFC y la facturación relacionada con las operaciones comerciales que realiza.
Realizar la gestión para obtener la firma electrónica, se debe realizar una solicitud y apersonarse a una oficina del SAT, con lo siguiente:
- Una fotografía de frente con captura del Iris.
- Las huellas dactilares y la firma autográfica.
- El CURP, una dirección de Correo electrónico y una unidad de almacenamiento masivo.
Obtener el Certificado de Sello Digital, este trámite es muy sencillo. Se debe descargar la aplicación SOLCEDI, desde el portal SAT y completar la solicitud. Luego enviarla y hacer una contratación para la emisión de facturas, según las necesidades a satisfacer. El certificado cuenta con cuatro años de vigencia.
Qué necesito para inscribirme en el RFC
Los requisitos están sujetos al tipo de persona y todos los documentos solicitados deben presentarse en original, a saber:
Las Personas Físicas, deben ingresar al portal de SAT. Completar el formulario respectivo hasta que se genere el comprobante único de inscripción. Allí se muestra la homoclave, la cédula de identidad fiscal y el código de barras bidimensional, con este documento se debe acudir a las oficinas habilitadas.
Para los Menores de 16 años de edad que reciban algún salario, deben los padres solicitar una cita en SAT y acudir con los siguientes documentos:
- Constancia de nacimiento e identificación personal emitida por el Registro Nacional de Población o RENAPO.
- Documento escrito y con la firma del menor, donde expresa su voluntad de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes. Especificando que no ejercerá otra actividad hasta cumplir la mayoría de edad.
- Documento que compruebe su domicilio fiscal.
- En los casos de tutores legales, poseer la Resolución judicial certificada por notario público
- La manifestación de aceptación por parte de los padres que ejercerán la representación del menor de edad.
- Los documentos de identidad vigentes de cualquiera de las personas que acompañen al menor, así como el comprobante del registro fiscal respectivo.
Las .personas morales, deben comenzar realizando la preinscripción a través del portal de SAT. Luego cuenta con un lapso de 10 días para presentar los siguientes documentos:
- El comprobante de preinscripción en el RFC.
- Copia certificada del documento de constitución de la empresa o sociedad mercantil
- El representante legal debe poseer un poder notariado original. Si el documento fue expedido fuera de tierras mexicanas, contar con apostilla y oficializado por el fedatario público mexicano. Además debe estar en el idioma español.
- El documento de identidad vigente y en original del representante legal.
- La clave del RFC de todos los miembros que aparezcan en el acta constitutiva y si no están sus RFC en dicho documento, anexar comprobante de certificación de las respectivas claves del RFC.
Que es el SAT
Las siglas SAT corresponden al Servicio de Administración Tributaria. Es una institución bajo la subordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México pero en carácter de organismo desconcentrado.
Su propósito principal es ejercer la aplicación de las leyes en materia fiscal y aduanera. Además de crear campañas que motiven tanto a las personas físicas como morales, a convertirse en colaboradores de forma proporcional y equitativa en el gasto público.
Otra de sus responsabilidades es la de ser fiscal controlador del cumplimiento oportuno de los contribuyentes con las disposiciones tributarias y aduaneras.
También debe desarrollar estrategias que faciliten e incentiven el cumplimiento voluntario.
Y por último y no menos importante, se encarga de emitir y ser proveedora de la información necesaria para la mejora del diseño y la evaluación de la política tributaria.
El SAT nace en el año de 1997, con carácter de autoridad fiscal, apoyada en la Ley del Servicio de Administración Tributaria.
Un año antes, en marzo de 1996 se autorizó y registró la reestructuración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Y es donde comienza a ejercer el SAT como sustituto de las funciones de la Subsecretaría de Ingresos, además de otras unidades administrativas.
En busca de la optimización de las políticas de ingreso y en vista de la dinámica operativa y funcional del SAT, se genera la necesidad de reasignar las facultades en materia de política de ingresos.
Incluidas la política fiscal y la aduanera, además de estímulos fiscales. Manteniendo la congruencia con las políticas de hacienda pública, en la materia económica y social del país.
Cómo genero un factura electrónica
La generación de una factura electrónica, conlleva el cumplimiento de una serie de pasos, que trataremos a continuación:
La emisión del CFDI, el contribuyente realiza la factura electrónica en su sistema interno de facturación, que ha sido creado en conformidad con lo establecido por la ley para la emisión de un CFDI.
Lo que supone que ha sido creado un archivo de datos organizados en formato XML, el cual incluye el certificado de sello digital o CSD del contribuyente, y emitido por el SAT.
Al contribuyente generar este archivo por medios propios, el CFDI se remite para ser validado en SAT. Esta remisión se realiza por un canal de comunicaciones confiable y seguro que va al centro de datos del organismo autorizado.
El segundo paso corresponde a la Validación del CFDI emitido, donde la unidad de Comercio Digital, recibe y revisa el documento.
La información que se valida:
- El tiempo, entre la fecha de envío del documento y la de recepción del documento para su certificación no sea mayor a 72 horas.
- Que el documento no tenga certificación previa
- Vigencia del certificado de sello digital (CSD) para la fecha en la que se generó el comprobante, y que el CSD corresponda con el contribuyente que genera el documento.
- Convalida la forma del documento cumpla con las especificaciones técnicas emanadas desde la resolución miscelánea fiscal vigente.
Una vez superada la validación, entra al tercer paso de Certificación del Comprobante, donde al ser positiva esta validación, se responde al contribuyente, anexando el “Folio Fiscal”. Conocido como UUID, detallando fecha y hora de certificación, el sello digital y certificado del SAT, además del sello del timbre.
Así llegamos a la Declaración del CFDI , la unidad de “Comercio Digital”, actuando como PAC, se conecta de forma directa con el SAT, y declara todos los CFDI que han sido certificados en el tiempo correspondiente a menos de las 72 horas, Esta acción exime al contribuyente de la realización de resúmenes mensuales.
En este paso se Envía el CFDI al contribuyente emisor, a través de los herramientas electrónicas creadas para tal fin. El contribuyente realiza el resguardo electrónico para poder imprimir el CFDI con los datos respectivos.
Habiendo cumplido con los pasos anteriores, se realiza el Envío del CFDI al contribuyente receptor. Este proceso puede ser por la dirección del correo electrónico del destinatario desde el sistema de facturación interno del contribuyente emisor. O bien, mediante publicación en el portal de la unidad de “Comercio Digital”, donde estará disponible para el contribuyente receptor para su consulta y descarga.
Facturas electrónicas CFDI
Comenzaremos por definir que el CFDI, es el Comprobante Fiscal Digital por Internet.
Son los Documentos Electrónicos que se validan por SAT y requieren que el Contribuyente posea el Certificado de Sello Digital CSD, emitido desde el portal del SAT para poder realizar la firma electrónica de sus documentos.
Estos documentos representan para los Contribuyentes, mayor seguridad y ahorro en la emisión de las facturas. Además de lograr la optimización de sus controles internos. Motivándoles al uso de los procesos tecnológicos y al cambio de las prácticas en esta materia.
También para el medio ambiente se generan beneficios ya que disminuyen, casi a eliminación la emisión en papel de los comprobantes.
Con relación a la legalidad, los CFDI cumplen con la normativa establecida por la ley y gozan de la validez, autenticidad e integridad de su contenido, igual que los comprobantes tradicionales.
Con estas características se genera mayor seguridad jurídica y los riesgos de fraude disminuyen, así como la evasión fiscal que ocasiona la emisión de comprobantes falsos.
Entre los tipos de CFDI, se encuentran además de las facturas, los recibos por honorarios profesionales y de nómina. Incluyendo las notas de crédito y de cargo, y las retenciones y pagos.