requisitos para sociedad mercantil

Requisitos para constituir una Sociedad Mercantil

Requisitos para constituir una sociedad mercantil. Tu emprendimiento ya no es un pequeño negocio, seguirá creciendo y necesitas formalizarlo. Revisa los Requisitos para constituir una Sociedad Mercantil: Beneficios de una Sociedad Mercantil y conocerás las variadas alternativas  que existen en México.

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Oficializar tu negocio, generará beneficios que harán las bases sólidas  para un robusto desarrollo y el de tu entorno.

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Requisitos generales para constituir una Sociedad Mercantil

Para constituir una sociedad mercantil en México, la Ley General de Sociedades Mercantiles LGSM junto  a otros establecimientos jurídicos, detallan una serie de requerimientos  que deben cumplirse en cualquiera de los tipos de sociedad.

La carencia de alguno de estos requisitos puede generar una situación irregular hasta la suspensión de las operaciones de la empresa.

En los artículos 5, 6, 89, 90 y 91 se muestran específicamente los documentos y condiciones generales.

La obligación de constituir la sociedad con el aval de un notario e igualmente todas las modificaciones relacionadas, se encuentran en el Artículo 5. El notario tiene la capacidad legal para no autorizar el documento constitutivo o sus modificaciones, en caso de contravenir lo establecido en la ley.

El contenido del documento Constitutivo, está referido en el   Artículo 6, siendo estos:

  1. Datos de las personas físicas o morales que forman la sociedad, como sus nombres completos, su nacionalidad y el domicilio.
  2. La relación de las actividades principales, conocido como  objeto de la sociedad
  3. Identificar el nombre oficial u razón social
  4. El tiempo de vigencia, el cual  puede ser indefinido
  5. Detalle del monto de inversión aportado como capital social
  6. Especificar el aporte en dinero o en otros bienes por cada socio, así como el porcentaje correspondiente al aporte y la manera que se asigna la valoración. En caso de capital variable se debe dejar expreso el monto mínimo fijado
  7. La dirección fiscal de la sociedad
  8. La forma de administración, el alcance de las responsabilidades  y las funciones de sus administradores
  9. Expresar las competencias y las designaciones de los administradores en general y de aquellos que actuarán  como responsables de llevar la firma social
  10. Forma de  distribución entre los miembros de la  sociedad de las ganancias o pérdidas;
  11. La especificación del monto como concepto de fondo de reserva
  12. Identificar las situaciones en las que se debe disolver la sociedad
  13. Especificar aquellas condiciones que obliguen a  la liquidación de la sociedad. También definir la modalidad para elegir a los liquidadores.

 

Requisitos para Sociedad de Responsabilidad Limitada

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Este tipo de sociedad se identifica con las siglas S.R.L, por sus características de flexibilidad en su regulación son las más usadas para la conformación de las Pyme.

Frecuentemente son negocios más cerrados, como empresas familiares o con capital extranjero.

Los miembros o socios  son responsables de las deudas y los compromisos que se hayan adquirido por la sociedad, siendo este un monto máximo igual al de su aporte en la sociedad.

Entre los requisitos para formar una  sociedad de responsabilidad limitada o SRL:

  1. Identificar a  los socios, con un mínimo de 2 socios y un máximo de 50 socios.
  2. Especificación del porcentaje de aporte de cada uno de los socios, en dinero o equipos que pueden representar un activo.
  3. Nombre o razón social
  4. Los estatutos sociales deben estar redactados en conjunto en una junta de socios.
  5. Inscripción  en SAT y ante el registro público de comercio.
  6. Al reunir los requisitos se debe asistir ante el notario o corredor público para oficializar o protocolizar la constitución.
  7. Tramitación de las licencias y  permisos correspondientes con las operaciones de la empresa.

 

Requisitos para Sociedad Anónima

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En relación con las Sociedades Anónimas, encontramos que son del tipo de sociedad más popular y común  en México.

Estás sociedades están conformadas por socios, y de acuerdo con la participación en el capital social  se marcará el límite de responsabilidad en las deudas asumidas por  la sociedad. Sin necesidad de utilizar su patrimonio personal.

En los artículos 89, 90 y 91 de la  Ley General de Sociedades Mercantiles, hacen referencia a la constitución de la  sociedad anónima.

Para su conformación el Artículo 89, indica que:

  1. Deben ser un mínimo de dos socios, con por lo menos una acción cada uno
  2. El capital social debe estar establecido en el documento constitutivo
  3. Debe ser en efectivo,  el 20% del valor de cada acción
  4. Expresar el valor de cada acción a ser pagada en su totalidad o por cuotas.

En el Artículo 90, se expresa que para su protocolización se debe comparecer ante notario público.

Mientras que en el Artículo 91, se hace referencia al contenido del documento constitutivo:

  1. Debe estar expresado el capital social
  2. Identificar el capital social con número, con su valor en número y la  naturaleza de las acciones.
  3. Especificar la forma y los  términos como debe pagarse la parte no pagada  de las acciones
  4. Establecer la participación en las ganancias a ser asignadas a los socios fundadores
  5. Determinar a los  comisarios
  6. Citar el alcance de las responsabilidades  y las funciones  de la Asamblea General, así como  las condiciones para que sus deliberaciones sean validas, ejercer el voto y las modificaciones necesarias y acordadas.

 

Requisitos para Sociedad en comandita por acciones

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Será reconocida por la abreviatura “S. en C. por A”. Los socios estarán basados en la tipología del capital representado por acciones, donde  no todos los socios tendrán  las mismas responsabilidades, siendo comanditados y comanditarios.

Según el artículo 207 de la mencionada ley, los socios comanditados serán responsables de forma solidaria, subsidiaria e ilimitada sobre las obligaciones sociales.

Mientras que los comanditarios solo tendrán la responsabilidad de pagar por sus acciones. Este tipo de socio no pueden ser administradores, pero pueden autorizar y ser vigilantes activos de la sociedad.

Los Requisitos para constituir una “S. en C. por A”, tenemos:

  1. Existencia de dos socios como mínimo, propietarios de una acción como mínimo  cada uno de ellos, si solo son dos socios uno será comanditado y el otro comanditario.
  2. Determinar en no menos de$50,000, el  capital a suscribir
  3. El valor de cada acción  a ser pagada con bienes diferentes al efectivo, debe exhibirse completamente

 

Requisitos para Sociedad por Acciones Simplificadas

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Una sociedad simplificada o SAS, representa el nuevo régimen de sociedades que pueden ser constituidas a través de medios electrónicos. Gozando de validez legal, sin que por ello deba participar el notario público, siendo esta opcional.

Para su constitución se debe cumplir con los requisitos generales de una sociedad mercantil, con algunas excepciones.

El trámite para su formación se realiza de forma gratuita,  ingresando por el portal creado por la Secretaria de Economía TuEmpresa

Para realizar el trámite, puede ser  solo un socio, se requiere contar con la firma electrónica o Fiel emitida por el SAT.

El procedimiento es tan sencillo, pues se realiza la solicitud de nombre o razón social y  se completan los datos para crear los estatutos.

Obteniendo de esta forma la inscripción en el registro público de comercio y  el registro en SAT, lo que constituye un documento legal para realizar operaciones mercantiles.

Con esta modalidad  se pretende que  los emprendedores puedan de una forma fácil crear la sociedad mercantil, dándoles carácter formal a sus actividades al aligerar los mecanismos de  constitución legal.

La SAS puede ser convertida en sociedad anónima,  lo que fomenta el crecimiento y desarrollo  de estas sociedades.

 

Requisitos para Sociedad en Nombre Colectivo

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Se refiere a  la sociedad mercantil con carácter social, donde se plasma la forma en la cual se manejará el capital monetario de los socios de una empresa.

En este tipo de sociedad,  la responsabilidad de los socios por las obligaciones contraídas es equitativa. Debiendo responder   de manera  subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, según indica el Art. 25,  capítulo II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Al ser cada socio responsable por el resto, hacemos mención a la solidaridad y el subsidio.

Y  aceptar que ninguno de ellos tiene algún tipo de derecho que le permita limitar su participación en las obligaciones contraídas,  hacemos mención al término de ilimitado.

Sin embargo, podrá acordarse entre los socios  que algunos de los socios tengan la responsabilidad limitada a una cuota o porción específica, aludiendo al artículo 26 de la mencionada ley.

La sociedad en nombre colectivo presenta socios  industriales  y capitalistas.

Los primeros aportan el dinero que los segundos participan en la sociedad a través de su  contribución con su trabajo, recibiendo un pago o sueldo.

La participación de  los socios puede ser a través de bienes, dinero y  trabajo.

El nombre o razón social, puede ser solicitado al ingresar a la página electrónica TuEmpresa.

Con el FIEL o  firma electrónica, emitida en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Existe también la opción de realizar el trámite de forma presencial ante las  Delegaciones habilitadas por la Secretaría de Economía.

La sociedad en nombre colectivo debe tener por lo menos dos socios.

 

Requisitos para Sociedad por comandita simple

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Conocida por sus siglas como S. en C., es conformada por uno o varios socios comanditados que se hacen responsables por  uno o varios comanditarios que solo  están obligados al pago de sus aportaciones.

El monto mínimo de capital no está establecido.

 

 Requisitos para Sociedad cooperativa

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Los socios que  conforman  esta sociedad son de la  clase obrera y  genera ganancias tanto por trabajo como por consumo.

La responsabilidad es limitada conforme al  monto de aportación, donde los socios responden hasta la cantidad especificada en el documento  constitutivo.

No se establece un mínimo de capital social. Y de los rendimientos generados en  cada ejercicio social, se tomará entre un 10 a 20% para el  fondo de reservas.

Este rendimiento puede ser determinado en las bases de constitución, cuidando que no sea menos de un  25% del capital social en las Sociedades Cooperativas  de productores.

Los requisitos para su conformación son:

  1. Contar con un  mínimo de cinco socios y un máximo ilimitado, a quienes  corresponde un voto por cada socio, sin tomar en cuenta sus aportaciones.
  2. La duración es ilimitada.
  3. El capital puede ser establecido como  variable.
  4. Los derechos y obligaciones serán asignadas de forma igualitaria.

 

Beneficios de tener una sociedad Mercantil

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En primer lugar, la constitución de una sociedad mercantil en cualquiera de sus tipos, permitirá reunir una mayor cantidad de capital para así impulsar los negocios y proyectos a futuro.

Como hemos visto existen alternativas como la sociedad cooperativa, donde el beneficio económico se obtiene de una manera más comprometida y social. Adicionalmente  este tipo de empresas tienen también beneficios fiscales.

De acuerdo con la Alianza Cooperativa Internacional, estas  poseen una serie de valores distintivos basados en la ayuda mutua, en la responsabilidad, en la democracia, la igualdad, equidad y solidaridad.

Por lo general, las personas que forman esta sociedad comparten valores morales en común como ser honestos, actuar de forma transparente. Con fuertes inclinaciones  a la responsabilidad social y perseguir el desarrollo y crecimiento de  sus semejantes y su entorno.