retiro de afore

Requisitos para cobrar el Afore por desempleo

Requisitos para cobrar el Afore por desempleo. Si te encuentras  desempleado y tus finanzas están casi en rojo, recuerda que en las Afore tienes ahorros de los que puedes realizar retiros. Revisa el siguiente artículo Requisitos para cobrar el Afore por desempleo: Todo lo que necesitas saber.

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Conseguirás una sencilla lectura, que te ayudará para que el retiro de tus ahorros sea sin contratiempos.

Qué es el Afore por desempleo

Vamos al grano, el Afore por desempleo, es una de las modalidades por las que puedes retirar parcialmente los recursos que tienes en tu cuenta individual para el retiro.

La ley te brinda el derecho de realizar este retiro cada cinco años, por lo que  si algún promotor de las Afore, te indica este retiro como beneficio, lo mejor es buscar otra.

El monto está sujeto al salario base de cotización y  los requerimientos para obtenerlo dependen del organismo de  afiliación.

Bien sea del  Instituto Mexicano del Seguro Social conocido como IMSS, para trabajadores independientes o de empresas privadas.

Mientras que los empleados del gobierno, son  afiliados al ISSSTE o Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Quién solicita el Afore por desempleo

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Los trabajadores afiliados al IMSS o ISSSTE, que tengan cumplidos 45 días en la condición de desempleo y cumplan con las condiciones solicitadas para tal fin.

 

Requisitos para cobrar el Afore por desempleo

Los requisitos generales son:

  1. Contar con  una cuenta  de afiliación  en una AFORE.
  2. Un documento de identidad vigente, que tenga foto y firma
  3. El estado de cuenta bancario con RFC y clave bancaria estandarizada CLABE a nombre del titular
  4. La Clave Única de Registro de Población o CURP, para descargarla gratis ingresa a consulta tu CURP
  5. No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite

Con afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social o IMSS, adicional a los anteriores, se requiere:

  1. Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses, puede ser:
  2. Presentar la constancia de desempleado del IMSS. Esta se entrega a partir del día 46 como desempleado.
  3. Documento donde se muestre  el NSS del trabajador.
  4. Para el retiro por la opción A, se debe tener  un mínimo de dos años de cotización y una cuenta abierta con un tiempo mínimo de tres años.
  5. Si elige la opción B,  la cuenta debe tener un mínimo de cinco años de haberse abierto.

Si la afiliación es con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ISSSTE,  adicional a los requisitos generales, se solicita:

  1. El Certificado de Ayuda por Desempleo Expedido por el ISSSTE.
  2. Poseer el expediente de Identificación del Trabajador actualizado bajo la  plataforma  biométrica o huella digital.

 

Cómo hacer el trámite

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Una vez que se cuenta con las condiciones y requisitos de los afiliados para solicitar  el retiro por desempleo,  se acude a  la Afore que administra la cuenta individual o bien se  ubican  los medios que estas hayan dispuesto para tal fin.

El monto correspondiente será entregado por medio de cheque o un depósito, en un máximo de quince  días hábiles  contando desde la fecha de la solicitud.

 

Cómo calcular el porcentaje de ayuda por desempleo

El retiro  por desempleo de los afiliados en el IMSS, podrá realizarse eligiendo entre las siguientes opciones:

  1. Opción A: el monto que corresponda por treinta días del último Salario Base para la cotización, hasta un máximo de diez unidades de medida de actualización.
  2. Opción B: el menor monto al compararse 90 días del salario base para cotizar en las últimas 250 semanas o las semanas que tuviesen cotizadas y el 11.5 % de los fondos acumulados en la subcuenta RCV  Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.

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Para el retiro  por desempleo de los afiliados en el ISSTE, podrá retirarse de acuerdo con  las siguientes ocasiones:

  1. Si la situación es de un trabajador, registrado en el  Régimen de Cuentas Individuales, podrá  retirar el monto menor, al comparar  entre 75 días del sueldo básico de los últimos cinco años y el 10% del disponible de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad Avanzada y Vejez.
  2. Mientras que el trabajador registrado bajo el Régimen del Artículo Décimo Transitorio, el monto a retirar será hasta un máximo del 10% del disponible de la Subcuenta de Retiro.

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Qué es una Afore

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Afore son las siglas de las Administradoras de Fondos para el Retiro.

Estas son instituciones privadas encargadas de administrar los ahorros que aportan los trabajadores para el tiempo de retiro.

Los aportes o ahorros pueden ser   de forma obligatoria o voluntaria.

Obligatoria para los afiliados al IMSS o Instituto Mexicano del Seguro Social y al  Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Estado  ISSTE.

Y  voluntaria, para los trabajadores que laboran por cuenta propia o independiente.

Este ahorro comienza  al ingresar a un trabajo formal, donde además de cotizar al IMSS o ISSTE, el trabajador  debe elegir una institución financiera para que depositen el salario o nómina y paraqué administren los ahorros para el retiro.

Es frecuente que sea la misma institución donde se recibe el salario. Pero también es posible elegir otra institución  donde pueden realizarse aportes extras para el retiro.

Un vez que has elegido una afore como asalariado o trabajador independiente, comenzarás a realizar los aportes para el tiempo de retiro.

Resumiendo, las Afore son elementos claves, para el ahorro obligatorio o voluntario de dinero a largo plazo, que estará disponible para cuando ya no estemos laboralmente activos.

Para qué sirve y cómo funciona

Como hemos expuesto anteriormente, el proceso de aportaciones para el retiro tiene dos pasos básicos:

  1. Elegir la Afore, según la situación laboral,  asalariado del gobierno o de empresa privada y como trabajador  independiente.
  2. Realizar  los aportes o ahorros a la correspondiente cuenta Afore.

En situación de asalariado, el patrono descontará del sueldo, el monto correspondiente al porcentaje fijado por la ley para el retiro. En esta opción, además de los aportes del trabajador, el gobierno y el patrón,  también realizan aportes a la cuenta Afore,  desde donde son invertidos en una SIEFORE.

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Mientras que el trabajador por cuenta propia, decide el monto que desea aportar.  En esta opción,  la inversión realizada generará mayor rendimiento. En primer lugar,   porque el ahorro es a muy largo plazo y en segundo lugar, porque la tasa de interés es más alta que en otros fondos de inversión, adicionalmente no es fácil retirar los fondos.

Entonces, cuando la Afore ha recibido los aportes de cada afiliado, se e

ncargará de realizar las inversiones que generen rendimiento,  para que los fondos tengan crecimiento.

Estas inversiones se hacen en los instrumentos conocidos como  SIEFORE, que corresponden a las siglas de las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro. La  ganancia estará sujeta a la edad y monto aportado en cada cuenta Afore.

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Las SIEFORE  cobran una comisión, por lo que se debe tomar en cuenta a la hora de elegir la Afore, cuanto ofrecen de rendimiento y cuál es la comisión que se restará de esta ganancia.

Otra característica importante de las Afore, es que al hacer  aportes voluntarios anuales, se podrán deducir impuestos.

Esto en cumplimiento con el artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, donde establecen una deducibilidad de impuestos hasta un 10% de los ingresos anuales. Siempre que estos no sean mayores a cinco salarios mínimos generales vigentes al año.