recargo para quienes trabajen en feriado

Recargo para quienes trabajen durante este feriado

Recargo para quienes trabajen en feriado. Conoce los valores adicionales que se deben pagar por trabajar los feriados de Navidad (25 de Diciembre) y Año Nuevo (01 de Enero) en Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Las festividades de diciembre están marcadas por días de descanso obligatorio, las empresas del sector público y/o privado deben suspender sus actividades para que sus empleados puedan pasar con sus familias.

En el caso de las empresas que no pueden interrumpir sus actividades durante estos días tienen varias opciones, que deben estar a favor del trabajador.

Opción 1

Llegar a un acuerdo con el empleado para que trabaje Navidad y Año Nuevo a cambio de tener otro tiempo de descanso igual.

Opción 2

Pagar los días de trabajo como recargo por horas extraordinarias, recordemos que la Ley establece que los días sábados, domingos o de descanso obligatorio deben ser pagadas con el 100% de recargo.

¿Cómo calcular las horas de Navidad y Año Nuevo?

– Para el ejemplo vamos a utilizar los USD 400,00 que corresponden al SBU.

Dividir el sueldo que percibe el trabajador por los 30 días del mes:

  • 400 / 30 = 13,33

Dividir el resultado para las 8 horas que corresponde a la jornada laboral.

  • 13,33 / 8 = 1,66

Esta operación nos da como resultado el valor de la hora, que se debe multiplicar por 2.

  • 1,66 X 2 = 3,33

Finalmente, multiplica el resultado por las horas trabajas durante las festividades para conocer cuánto se debe cobrar, adicional al salario.

– Si trabajo 16 horas (8 por cada día), el trabajador debe cobrar:

  • 3,33 X 16 = USD 53,28

DATO sobre recargo para quienes trabajen en feriado

Recuerda que este valor debe ser cancelado en el rol de pagos con el concepto de horas extraordinarias.