reglamento de teletrabajo

¿Cómo se aplicará el reglamento de teletrabajo que contempla dotar de equipos a empleados?

¿Cómo se aplicará el reglamento de teletrabajo que contempla dotar de equipos a empleados? Las directrices que regulan el reglamento del teletrabajo, según lo establecido en la Ley de Apoyo Humanitario, generan dudas para la aplicación de esta modalidad.

En la actualidad, hay 436 484 teletrabajadores en los sectores público y privado, según el Ministerio de Trabajo.

Esta Cartera de Estado publicó el pasado 14 de septiembre del 2020 el Acuerdo 181 que regula los contratos amparados en el Código del Trabajo. La normativa para la Ley Orgánica de Servicio Público todavía está en construcción.

Uno de los principales aspectos que genera dudas es sobre qué comprende la dotación, por parte del empleador, de equipos e insumos al teletrabajador.

La Ley de Apoyo Humanitaria dispone que el empleador deberá proveer los equipos, elementos de trabajo e insumos necesarios para el desarrollo del teletrabajo.

Reglamento de teletrabajo

El reglamento añade a este punto que el patrono también deberá proporcionar lineamientos, que el trabajador será responsable del cuidado y custodia de las herramientas entregadas, y de la confidencialidad de la información.

Ninguno de los dos textos menciona si por insumos se incluye, por ejemplo, al mobiliario, Internet o servicios básicos.

Gremio de empresas pedirá aclaración al Ministerio de Trabajo: Reglamento de teletrabajo

Para Xavier Sisa, director jurídico de la Cámara de Industrias y Producción, la norma es demasiado general y deja a la interpretación de las partes.

Además, señala que la norma anterior sobre teletrabajo permitía ofrecer al empleado un reembolso por esos servicios, pero el Acuerdo 181 no contempla esa opción.

Esto genera inconvenientes, ya que las empresas que están haciendo ese pago ahora ya no podrían deducirlo del impuesto a la renta.

Por eso, el gremio pedirá una aclaración sobre este aspecto al Ministerio de Trabajo.

Además, para el jurista Andrés Castillo, de Lex Conseil Abogados, si bien se crea una obligación para el empleador, existen vacíos que pueden causar inconvenientes. “Va a quedar a criterio del empleador fijar qué son los elementos necesarios para la realización del teletrabajo; puede decir que solo es el computador”.

Nathaly Pernett, subsecretaria de Políticas y Normas del Ministerio de Trabajo, dijo que en el Acuerdo se dejó abierto el término ‘insumos’, para que “no se escape ningún frente que se requiera para las diversas actividades”.

Y añadió que antes de la emergencia el empleador ya dotaba de los equipos e insumos; ahora estos pueden ser entregados a los teletrabajadores para que usen en sus domicilios.

Si por algún evento el patrono no puede proporcionar de inmediato las herramientas y el trabajador ya tiene un computador, pueden llegar a un acuerdo para seguir así hasta la empresa pueda responder, comentó la funcionaria.

Empresas se adelantaron y entregaron desde computador, sillas y mousepad

Ante el confinamiento repentino, en abril del 2020 la compañía Oriente Seguros cambió al 90% de su personal al teletrabajo.

Los trabajadores tuvieron autorización inmediata para llevar a sus casas los equipos tecnológicos de las oficinas. En mayo la empresa realizó una encuesta a sus empleados para conocer sus necesidades ergonómicas.

A partir de los resultados, en junio se resolvió que el personal también pueda llevar equipos adicionales y mobiliario (mousepad, sillas, apoya pies, etc). Con esto se busca reducir los riesgos laborales, comenta Pablo Terán, coordinador de Recursos Humanos. La firma ahora analiza un mecanismo de subsidio para el pago de internet.

En la industria Chaide, el personal administrativo está trabajando remotamente en un 80% y el operativo labora presencial en un 100%, en dos turnos. Esta firma cree que es “correcto” que los insumos necesarios para desarrollar las actividades sean provistos por el empleador.

“En el teletrabajo ambas partes ganan y ambas deben aportar; el teletrabajador gana tiempo al evitar desplazamientos inútiles, la firma gana mayor eficiencia en procesos”.

En Maresa opinaron igual y explicaron que ya entregaron, además, escritorios, sillas ergonómicas y archivadores en los domicilios de los colaboradores que están laborando desde casa.

Incluso, la firma ha desarrollo 16 sesiones ‘on line’ donde se topa temas que afectan en la vida personal de los colaboradores (manejo de las finanzas del hogar, cómo mantener una relación sana con su familia durante el aislamiento, sesiones con ejercicios y bailoterapia y más). La compañía indicó querealiza un exhaustivo seguimiento médico a los colaboradores.

Maresa indicó que puso en marcha un plan para el retorno del personal de atención al cliente (concesionarias y talleres). El teletrabajo seguirá para las áreas administrativas y de apoyo, y grupos vulnerables. Pero emprenderá un retorno paulatino, con cuatro días con trabajo remoto y un día presencial, a fin de ir midiendo los riesgos.

Otras empresas analizan alcance del Acuerdo 181

Mutualista Pichincha por ser un sector estratégico no dejó de atender a los clientes presencialmente en ningún momento de la pandemia, y desde que el toque de queda por localidad lo permitió, volvió a atender en horarios completos con normalidad.

Los porcentajes de teletrabajo o trabajo presencial no son estáticos. En la entidad financiera,donde el 50% del personal está en teletrabajo, señaló que aún analiza el Acuerdo 181. «Las realidades empresariales y de los trabajadores son diversas y exigen consensos, no instrumentos y directrices cerradas que no permitan sostener los empleos en el país. Sobre la capacidad de afrontar esta inversión no es algo que pueda responder, dado que estos acuerdos llegaron hace poco y exige mucho análisis y data para ser objetivos», dijo Lorena Pazmiño, gerente de Talento Humano, Mutualista Pichincha.