pertenezco al régimen rimpe

¿Cómo saber si pertenezco al régimen RIMPE? – Lista SRI

¿Cómo saber si pertenezco al régimen RIMPE? Revisa el listado del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), consulta la lista publicada por el SRI para el periodo 2022. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

¿Cómo saber si pertenezco al régimen RIMPE?

La Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal aprobada por la Asamblea Nacional a finales del 2021 entra en vigencia desde el 01 de enero del 2022.

Con esta ley, forman parte del RIMPE negocios y emprendedores que cumplan con los siguientes parámetros.

Emprendedores (Personas Naturales o Jurídicas) con:

– Ingresos brutos anuales de hasta $300.000 (al 31 de diciembre del año anterior)

Negocios Populares (Personas Naturales) con:

– Ingresos brutos anuales de hasta $20.000 (al 31 de diciembre del año anterior)

Según estos parámetros, puedes consultar si tu RUC está en el listado referencial RIMPE del SRI.

RIMPE – EMPRENDEDORES (Consultar Lista)

RIMPE – NEGOCIOS POPULARES (Consultar Lista)

¿Cuáles son las actividades NO sujetas al RIMPE?

No están sujeta a RIMPE las actividades cuyos ingresos provienen de:

  • Actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares (Arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno).
  • Actividades profesionales, mandatos y representaciones.
  • Las actividades de transporte.
  • Actividades agropecuarias.
  • Las actividades de comercializadoras de combustible.
  • Actividades en relación de dependencia.
  • Rentas de capital.
  • Regímenes especiales.
  • Inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.
  • Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria.

DATOS

– Los emprendedores que están sujetos al RIMPE ya no deben emitir factura, desde ahora emitirán comprobantes de venta.

– Los negocios populares que están sujetos al RIMPE ya no deben emitir factura, desde ahora emitirán notas de venta.