Tribunal dejó sin efecto la sanción impuesta al rector de la U. Estatal

Un pronunciamiento del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo derogó la destitución del rector de la Universidad de Guayaquil, Galo Salcedo.

Acerca del funcionario que fue sancionado por la Contraloría General del Estado, el Tribunal detalló que las medidas adoptadas por el organismo de control no se ejecutoriaron. Destaca que según el artículo 58 de la Ley de la Contraloría las resoluciones se considerarán ejecutoriadas, siempre y cuando no hubieren sido impugnadas.

El escrito resaltó que según el contenido de las normas existen algunos tipos de suspensión de la ejecución de una sanción: por decisión judicial y por mandato de la ley.

En el caso del rector se aplicó la última forma. La decisión fue comunicada este miércoles 26 de septiembre.

La Contraloría determinó irregularidades en la entrega detítulos de 28 estudiantes, que según la denuncia no cumplieron con el proceso de titulación, a esta denuncia Salcedo respondió que si los estudiantes recibieron su reconocimiento fue porque se cumplió con lo necesario.

Adicionalmente, la Contraloría impuso responsabilidades administrativas y civiles; en el primer caso se determinó que sean $65.000 y $ 9 millones, respectivamente. Con lo actuado por los jueces queda sin efecto la sanción. En redes sociales las posturas a favor y en contra no se hicieron esperar.

Por ejemplo, el equipo de estudiantes y trabajadores de la Universidad de Guayaquil expresó su beneplácito al pronunciamiento a través de las redes. “Un día glorioso para nuestra amada alma mater Universidad de Guayaquil, Galo Salcedo Rosales seguirá siendo Rector hasta el año 2021. Triunfó la autonomía, triunfó el cambio”.

Xavier Garaicoa, docente principal de Derecho Constitucional de la Facultad de Jurisprudencia, consideró que la Corte Nacional es la que podría resolver con un carácter general.

“Un juez distrital no puede suspender una atribución de un funcionario nacional. Además esto significa que se ponga en grave riesgo la seguridad jurídica”. Dijo que el contralor debe intervenir para que se resuelva en la Corte Nacional. (I)