nuevos requisitos ingreso ecuador

Nuevos requisitos para ingreso a Ecuador

Requisitos para ingreso a Ecuador. Ministerio de Salud anunció el nuevo protocolo para el arribo de nacionales y extranjeros, por vía aérea, ante la amenaza de la variante ómicron del covid-19.

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Quito

El Ministerio de Salud Pública que se encuentra vigente la nueva normativa establecida para el ingreso a Ecuador, por vía aérea, ante la amenaza de la variante ómicron del covid-19. El protocolo incluye las siguientes disposiciones:

Toda persona que ingrese al Ecuador continental por vía aérea internacional deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital al embarcar en la aerolínea.

Si no se encuentra disponible la plataforma, puede presentar el formulario físico.

Cabe mencionar que los viajeros que llenen el formulario digital ya no requieren presentar el formulario en el punto de entrada al Ministerio de Salud.

Requisitos de todo pasajero que ingrese al país

Mayor de 16 años, deberá presentar de manera obligatoria el carné de vacunación contra el covid-19 con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema y el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

Los tripulantes están exentos de estos requisitos.

Niños entre 2 y 16 años deberán presentar el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

Se prohíbe la entrada a territorio nacional a toda persona cuyo punto de origen, escala o tránsito sea Sudáfrica, Namibia, Lesoto, Zimbabue, Botswana y Eswatini, Mozambique y Egipto.

Los ciudadanos y residentes legales permanentes en Ecuador que estuvieron en uno de los países descritos en líneas anteriores, en los últimos 14 días, sí podrán ingresar al país. Para el efecto deberá contar con resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

Al entrar al país debe cumplir una cuarentena de 14 días independientemente de su estado de vacunación.

Los pasajeros ecuatorianos

Que fueran declarados como inadmitidos en otros países y que regresan al Ecuador, no deberán presentar una prueba cualitativa RT-PCR; sin embargo, el Ministerio de Salud realizará prueba rápida de antígeno al momento de su arribo al país.

Todo pasajero

Que durante el vuelo o al momento del arribo al Ecuador presente síntomas relacionados al covid-19 (alza térmica, tos, malestar general, pérdida del olfato, pérdida del gusto, entre otros.), independientemente del resultado de la prueba cualitativa RT-PCR, será evaluado por el personal del Ministerio de Salud previo al ingreso al área de migración.

Si se determina que es un caso sospechoso, se procederá a la realización de una prueba rápida de antígeno (hisopado nasofaríngeo).

De ser positiva, deberá realizar 14 días de aislamiento después de la fecha de toma de muestra, en su domicilio o en cualquier sitio de alojamiento a libre elección y a costo del viajero. Para el seguimiento, deberá informar sobre los contactos. Esta información deberá constar en la Declaración de Salud del Viajero.

En el caso de que la prueba rápida de antígeno sea negativa, el pasajero no deberá realizar aislamiento, pero informará de sintomatología sugestiva del covid-19.

Ingreso a Galápagos por frontera aérea

Todo pasajero que ingrese al país con destino a la provincia de Galápagos, independientemente de su categoría migratoria, mayor de 16 años, deberá presentar de manera obligatoria el carné de vacunación con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema y el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador insular.

Los tripulantes están exentos de estos requisitos. Niños entre 2 y 16 años deberán presentar el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador Insular.

Requisitos para el ingreso de turistas nacionales o extranjeros

Se solicitará la tarjeta de control de tránsito emitido por el Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos, eliminándose el salvoconducto gestionado por un operador turístico o por un alojamiento regulado por el Ministerio de Turismo (exceptuándose el salvoconducto para ‘tour leader’ establecido en el artículo 12 del Reglamento de Guianza Turística para el Régimen Especial de la Provincia de Galápagos).