más de 2 millones de contribuyentes deben migrar a facturación electrónica

Más de 2 millones de contribuyentes deben migrar a facturación electrónica

Más de 2 millones de contribuyentes deben migrar a facturación electrónica. En caso de no cumplir con la normativa, el SRI podrá notificar con multas económicas a los contribuyentes. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

A partir del 29 de noviembre de este año, los contribuyentes ecuatorianos no podrán emitir más facturas físicas, sino que deberán migrar al sistema de facturación electrónica del Servicio de Rentas Internas (SRI).

La disposición consta en la disposición transitoria cuarta de la Ley de Desarrollo Económico. Según el documento, todos quienes cuenten con un Registro Único de Contribuyentes (RUC) y emiten facturas deberán hacerlo por medios electrónicos.

La normativa es obligatoria para los negocios de todos los tamaños y también para las personas naturales. Para emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes deben estar al día con sus pagos y obligaciones en el SRI y contar con firma electrónica, entre otros requisitos.

En Ecuador se habla de facturación electrónica desde el año 2002 y progresivamente algunos contribuyentes han optado por este sistema. Hasta la fecha existen más de 269 500 contribuyentes que ya cuentan con este servicio.

Serguei Proaño, propietario de minegocio.com.ec, una plataforma dedicada brindar el servicio de facturación electrónica, precisa que serían más de 2,27 millones de contribuyentes los que deberán cambiar su sistema de emisión de comprobantes.

Esto, dice el experto, representa un reto para el sistema del SRI, pues debe ser adaptado para que funcione de manera más rápida y eficiente, sin que sufra paras en medio de las facturaciones.

El SRI cuenta con un servicio de facturación electrónica para los pequeños y medianos contribuyentes. Este les permite generar, firmar electrónicamente y enviar sus comprobantes para la autorización por parte de la entidad, como también de una visualización amigable de la representación impresa del documento electrónico (Ride).

Los comprobantes que pueden emitir son: factura, nota de crédito, nota de débito, guía de remisión y comprobante de retención.

Las excepciones

De acuerdo a la ley, los únicos que no están obligados a cambiarse a esta modalidad son los negocios populares que pertenecen al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), que tienen ingresos brutos de hasta USD 20 000 cada año.

Ellos podrán continuar emitiendo comprobantes de venta físicos. Sin embargo, si un cliente solicita una factura deberán migrar al sistema electrónico.

En caso de no cumplir con la normativa, el SRI podrá notificar con multas económicas a los contribuyentes.

¿Qué se necesita para facturar electrónicamente?

Antes de empezar a emitir comprobantes electrónicos es necesario contar con algunos requisitos: estar al día en todas las obligaciones tributarias; tener un convenio de débito bancario en el SRI; obtener una firma electrónica certificada; y solicitar la autorización para emitir factura electrónica para período de pruebas, a través del portal web del SRI en línea.

Según la entidad, las facturas electrónicas tienen la misma validez que los documentos físicos. Además, cuenta con otros beneficios como una reducción en el tiempo de envío de comprobantes, ahorro en el gasto de papelería física, mayor seguridad en el resguardo de los documentos, menor probabilidad de falsificación, entre otros temas.

Electrónicamente se pueden emitir documentos como facturas, liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios, notas de crédito y débito, comprobantes y guías de remisión.

 

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