La DGT avisa a los que llevan gafas o lentillas y la multa no es pequeña
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Diferentes estudios afirman que un 79,5% de los españoles mayores de 18 años padecen al menos un problema con su visión. Y estos problemas pueden afectar a la conducción, puesto que la vista es un sentido imprescindible, por no decir que es el más importante para conducir. Es así que la DGT ha querido poner de sobre aviso a lo que estando obligados a usar gafas o lentillas no las usan… bajo multas cuantiosas.
La DGT es clara: su ‘no uso’ va contra la seguridad vial
Con la actual Ley de Tráfico, vigente desde el pasado mes de marzo, todos los conductores somos conscientes de las últimas sanciones que conllevan las renovadas normativas. Sin embargo, no tienes que olvidarte de otras que siguen vigentes y que te pueden costar un disgusto de cara al bolsillo si nos cazan.
Y conducir con gafas o lentillas puede ser una de ellas. Y es que, como refleja el informe de ‘La Visión en España’ elaborado por Clínica Baviera, un 79,5% de españoles en este grupo de edad padecen al menos un problema con su visión.
Estos problemas pueden afectar seriamente a la conducción, limitando el detalle con el cual percibimos el entorno, el campo visual o la capacidad para distinguir objetos a lo lejos. Con todo ello, son muchas las personas que necesitan hacer uso de estas gafas o lentillas, con mayor importancia aún, ya que no ver correctamente mientras circulamos puede atentar gravemente contra la seguridad vial.
Qué debes saber
Sin embargo, también es verdad que muchos conductores que requieren gafas para ver bien cogen el coche sin pararse a pensar las consecuencias, no solo el riesgo para él mismo y los demás conductores, sino las consecuencias legales de este acto.
Es por esto que si te preguntas ¿me pueden multar desde la DGT por conducir sin llevar las gafas puestas? La respuesta es sí; conducir sin gafas es ilegal y nos podrán sancionar por ello. Para comprobar si ves todo lo que bien que deberías al volante, los agentes tan solo solicitarán el carnet de conducir, que consta de 14 puntos en su reverso. De no aparecer nada en el punto 12 significa que ves correctamente sin la necesidad de gafas o lentillas.
Por contra, si aparece la numeración ‘01.01’, el conductor debe llevar gafas. Y si no las lleva, se enfrentará a una multa. Aunque, si además, puede llevar lentillas, la numeración indicará ‘01.02’. Si aparece ‘01.06’, significará que puede llevar tanto gafas como lentillas.
La sanción es de 200 euros
Con todo, como decimos, la multa por no hacer uso de ellas cuando en nuestro caso debería ser obligatorio no es cuantiosa: supondrá una infracción grave y una sanción de 200 euros, rebajable a la mitad por pronto pago.
El apartado número 12 del Reglamento General de Conductores hace referencia a las observaciones en nuestro carnet de conducir y junto a este aparecerán los códigos descritos anteriormente. Esa es la razón por la que si un agente de Tráfico nos detiene el vehículo podrá comprobar si la persona que está conduciendo necesita o no gafas para conducir
En ese sentido, cabe mencionar que hace años era obligatorio llevar unas gafas de repuesto en la guantera. Sin embargo, en la actualidad la Ley de la DGT no obliga a ello, pero no deja de ser algo aconsejable. Si tienes un percance durante el trayecto, no tener una alternativa te obligaría a detener la marcha, ya que si continuas conduciendo sin tener una perfecta visión, poniéndote tú en peligro y al resto de los usuarios de la vía.La dgt avisa a los que llevan gafas o lentilla