En Quito salvoconductos quedan suspendidos

En Quito salvoconductos quedan suspendidos

En Quito salvoconductos quedan suspendidos. Hasta el 9 de abril, los salvoconductos emitidos por el Municipio de Quito quedan suspendidos, “el COE Nacional es quien regula las excepciones de restricción”, indicó Guillermo Abad, secretario de Movilidad, a través de su cuenta de Twitter.Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Las medidas de restricción vehicular son una competencia del COE Nacional, amparada en el Decreto presidencial 1282 que está vigente desde este viernes 2 de abril.

Las excepciones a estas restricciones también se encuentran señaladas en la Resolución del COE nacional y se refiere a la circulación de personas que requieran movilizarse y que pertenezcan a los sectores estratégicos, profesionales de salud, servicios de emergencia y control, emergencias viales, sector exportador, personas que se trasladan hasta el aeropuerto y quienes tengan cita para la vacunación, debidamente comprobada.

Así también, pueden circular los prestadores de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, provisión de alimentos, cuidado y crianza de animales, trabajadores de los medios de comunicación, candidatos presidenciales con su equipo acreditado, cuerpo diplomático, personas particulares que pueden tener emergencias que estén debidamente justificadas, sector financiero bancario, funcionarios del Consejo Nacional Electoral, abogados y funcionarios de la Función Judicial, de la Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General del Estado, Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado, sector de la construcción y funcionarios del Ministerio de Educación quienes realizan labores de mantenimiento y limpieza de las unidades educativas que son recintos electorales.

El COE Nacional en su resolución determina que si no se cumple con estas disposiciones las personas serán sancionadas con base al artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, cuya sanción va de uno a tres años de privación de libertad.

El Municipio capitalino acató las disposiciones emitidas por el COE Nacional en materia de movilidad, uso del espacio público y aforo.

La restricción vehicular se aplica de la siguiente manera: Vehículos con placa par, no circularán los días: Lunes, miércoles y viernes.

Vehículos con placa impar: no circularán los días martes, jueves y sábado. El domingo 4 de abril no circularán los vehículos con placa par.

El toque de queda inicia a las 20:00 hasta las 05:00.