Muchas personas se preguntan ¿Cómo funciona el Formulario 572? Pues aquí se podrán resolver cada una de las dudas, que se encuentren directamente relacionadas sobre el Formulario 572 Web de SiRADIG
El formulario 572 hace referencia a la Declaración jurada F 572 WEB. Donde las personas que se encuentren jubiladas se encargan de informar las cargas familiares que estas poseen.
Además, los jubilados en igual forma son quienes se encargan de registrar un informe acerca de las deducciones que la legislación pueda permitir para ese momento.
Este formulario aplica para cualquier tipo de pago que desee realizar la persona. Y que deben ser consideradas por el ISSN. También es un trámite que se encarga de declarar si la persona se encuentra como titular de otro benéfico de tipo previsional. O, si por el contrario, percibe los ingresos en cuanto a la relación de dependencia, el cual se asigna a un único agente de retención.
Para poder realizar la presentación del 572 web, pues la persona debe:
Poseer una clave fiscal. Se se puede obtener cuando una persona concuerde con un documento de identidad a cualquiera de las sedes de la AFIP.
Ingresar a la web de AFIP haciendo click aquí. En donde aparecerá una pestaña que debe ser seleccionada como ACCESO CON LA CLAVE FISCAL.
Contar con un número de CUIL y con su clave, para así poder alcanzar algunos de los servicios de la “SIRADIG – Trabajador”.
Poder confeccionar cada uno de los formularios, en este caso el formulario 572, por otro lado debe enviarlo.
Si existe algún tipo de duda, es la persona puede consultar la página del Manual SIRADIG
La información que llegue a ser denunciada y enviada en el formulario 572 web, es remitida de forma electrónica y posterior al ISSN. Por lo cual se tiene que proveer los datos necesarios, para así poder realizar las deducciones que correspondan.
Aquellos trámites que no necesitan ningún tipo de presentación ante el ISSN, son los plazos y la documentaciones junto a los comprobantes.
Los plazos por su parte requieren que se lleven a cabo un formulario 572 web, de forma anual, para así poder ser efectuada hasta el 31 de enero de dicho año que se encuentra cursando.
En cuanto a la documentación y los comprobantes, el contribuyente debe conservar cada una de las disposiciones de la afip.
La documentaciones deben lograr respaldar cada uno de los datos informados en el formulario 572 web. También debe encontrarse en dicho formulario la liquidación anual y la final del impuesto en base a las ganancias del formulario 649.
¿Cómo presentar el Formulario 572 Web?
Si la persona es trabajador de cada una de las dependencias, y por su parte paga los impuestos de las ganancias, existe una posibilidad de que el mismo individuo tenga que informar a sus empleadores cada una de las deducciones personales.
Esto lleva a que las personas tengan que tributar menos, gracias a una de las herramientas web, mejor conocidas por la SIRADIG.
El mismo formulario le puede permitir a la persona que verifique algunas notas, para así poder utilizar cada uno de los servicios y por su parte como estas tienen que realizar la carga.
Todos los trabajadores por su parte tienen que informar acerca de las deducciones que ocurran en base a sus familiares a cargo, los pagos de los servicios domésticos.
De igual forma se pueden acreditar los intereses de créditos hipotecarios, los pagos de medicina prepaga y algunos de otros servicios que sean indispensables para la persona.
Para ello las personas tienen que llegar a emplear el formulario 572, para poder tramitarlo forma satisfactoria; cabe decir que esta antes era una de las versiones de papel que a partir del 2012 fue que se logró implementar.
Aquellas personas que deseen informarse cuando es el día habitual para poder entregar el formulario 572, pues pueden informarse por esta vía.
Para ellos las personas deben tener en cuenta que si no poseen el formulario completo, el empleador no podrá tomar ninguna de las deducciones personales que se den, de igual forma se tienen que pagar los impuestos de las ganancias.
EN CONCRETO. «Ganancias: qué podés deducir para pagar menos en 2018 y 2019«.
IMPORTANTE: Desde el 2019 las personas podrán empezar a relacionar este formulario con el formulario 1357, gracias a la SIRADIG.
Una vez que las personas ingresen al siradig, en una parte del menú pueden observar la opcion «Consulta de Liquidaciones F.1357» y desde allí se puede descargar.
Para quienes no sepan cual es la herramienta que se utiliza, a diferencia del formulario 572, el cual se entregaba directamente con el empleador del mismo formulario, pues es necesario que envien la informacion a la AFIP, en donde se puede emplear la descarga desde allí.
Para ello las personas tienen que utilizar el Sistema de Registro y la actualización de las deducciones del Impuesto a las ganancias del mismo SIRADIG.
Con eso las personas tienen que ingresar a la página de la AFIP con su clave fiscal, en caso de que la persona no la posea, se debe tramitar e una de las oficinas del organismo.
Este es uno de los instrumentos que le permitirá a la persona poder generar y enviar el formulario 572 a la web.
Cuando los datos pueden ir cargándose en cualquier momento, siempre y cuando sea antes, ya que así se permite al personal tomar las deducciones y pagos de menos impuestos, para poder dar a tope con el periodo anual del 31 de marzo del año próximo.
Con el sueldo del abril. el empleador podrá hacer algunas de las liquidaciones anuales tomando en cuenta todos su datos personales.
Más abajo las personas podrán visualizar información acerca de la carga mensual y otra que se pueda asignar de forma anual, como ocurre con los hijos.
¿Cuándo tengo que presentar el formulario 572?
Las personas deben tener listo el formulario para el 14 días el mes de enero de 2019, en la Ciudad de Buenos Aires.
Completar formulario 572
El formulario 572, es uno de los formularios más importantes que se utilizan para poder manejar cada una de las herramientas, que puedan llegar a necesitar las personas jubiladas.
Básicamente, se puede decir que hace referencia a la Declaración jurada F 572 WEB, en donde las personas que se encuentren jubiladas, se encargan de informar las cargas familiares que estas poseen.
Para poder realizar la presentación del 572 web, la persona debe seguir los pasos indicados anteriormente. Para facilitar al lector, estos son los pasos que debes continuar:
Poseer una clave fiscal, la cual se puede obtener cuando una persona concuerde con un documento de identidad a cualquiera de las sedes de la AFIP.
La perosna debe poder ingresar a www.afip.gov.ar, en donde aparecerá una pestaña que debe ser seleccionada como ACCESO CON LA CLAVE FISCAL.
Contar con un número de CUIL y con su clave, para así poder alcanzar algunos de los servicios de la “SIRADIG – Trabajador”.
Poder confeccionar cada uno de los formularios, en este caso el formulario 572, por otro lado debe enviarlo.
Si existe algún tipo de duda, es la persona puede consultar la página del Manual SIRADIG
Aquellas personas que deseen poder llevar a cabo el formulario 572, deben poder cumplir con cada uno de los requisitos que se mencionaron anteriormente para que el proceso sea válido.
Las personas deben recordar que este no es un tipo de trámite que requiera la presencia de otras personas, sino que se debe cumplir al pie de la letra con los documentos, ya que, es fomulario de tipo anual.
Video
En el siguiente video, las personas pueden tener unas breves instrucciones acerca de las deducciones de las ganancias, que se encuentran directamente relacionadas con el formulario 572.
Además sirve como una guía de ayuda para que las personas que se encuentran en pleno trámite, puedan culminar de forma satisfactoria.
¿Cómo acceder a SiRADIG?
El siradig es uno de lo sistemas de registros y actualizaciones de deducciones. Se encuentran en base al impuesto de las ganancias. Y, le logra permitir a los empleados el hecho de transmitir las informaciones correspondientes.
Esta información es procesada de forma electrónica y automatizada. Para que así el trabajador pueda presentar el formulario 572 con diferentes aspectos que se tengan que deducir.
Las percepciones que se hubieran practicado anteriormente, puede llegar a ser algún tipo de ingreso extra. Que la persona llegaría a poseer en caso de tener otro empleo.
El empleado por su parte debe poder cargar cada uno de los datos que se encuentren requeridos por la SIRADIG. En los cuales sucede en 3 momentos:
Al comenzar alguna relación laboral respectivamente.
De forma mensual, gracias a las diferentes novedades.
Una vez que se está finalizando un año, la persona puede tener hasta el 31 de marzo todos los datos del presente año concluidos.
Es obligatorio que la persona que se encuentra como empleado en ese momento pueda llegar a completar y lo envíe al empleador.
El empleador debe poder entregar a dicho empleado una asignación en donde se le notifique cada uno de los cambios correspondientes.