cómo una tercera persona puede acudir a la Revisión Técnica Vehicular

Cómo una tercera persona puede acudir a la Revisión Técnica Vehicular

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La revisión vehicular busca garantizar las condiciones mínimas de seguridad de los vehículos, basadas en los criterios de diseño y fabricación de los mismos; además, comprobar que cumplen con las normas técnicas y jurídicas, establecidas en las regulaciones vigentes.

Se encuentra dirigido a todas las personas en general sean, personas naturales, personas jurídicas, de nacionalidad extranjera, personas con capacidades especiales, entidades públicas o privadas, cuyos beneficiaros sean mayores de 18 años de edad que requieran realizar el trámite

Para acceder a la Revisión Técnica Vehicular (RTV) es necesario que el usuario genere una cita en la página web www.amt.gob.ec. Si por algún motivo, el propietario del vehículo no puede asistir en la fecha seleccionada, podrá autorizar a una tercera persona a cumplir con este procedimiento.

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Quien lleve el vehículo deberá presentar una autorización simple, en la cual consten los siguientes datos:

  • Nombre y número de cédula del propietario del vehículo.
  • Nombre y número de cédula de quien llevará el vehículo a la RTV.
  • Número de placa de identificación vehicular.
  • Firma del propietario del vehículo.

El documento original se presentará en la ventanilla del Centro de Revisión Técnica Vehicular junto con la copia de la cédula del propietario del vehículo y la cédula original de quien fue delegado para el trámite.

Durante agosto, los vehículos cuyas placas terminen 3 y 4 deben renovar el documento de circulación, de forma obligatoria. Recordamos a los usuarios que cumplir con la RTV garantiza las condiciones mínimas de seguridad de los automotores.

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