retorno al acceso a la educación superior

Retorno al Acceso a la Educación Superior

Retorno al acceso a la educación superior. La primera fase del Nuevo Proceso de Admisión a las universidades públicas del Ecuador se denomina Retorno al Acceso a la Educación Superior (RES). Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Este nuevo proceso reemplaza a las antiguas etapas de habilitación de cuenta Transformar y habilitación de nota, y consiste en pedir autorización a la Senescyt para rendir un nuevo examen de admisión o participar en la etapa de postulaciones.

A continuación te dejamos con las fechas de la solicitud a la etapa RES del segundo periodo 2022; además de quiénes pueden aplicar a esta fase y los pasos para solicitar el retorno a la educación superior en el Ecuador.

Fechas para solicitar el Retorno a la educación Superior

Para el Segundo Periodo Académico 2022, la solicitudes se receptarán desde las 00:00 del miércoles 15 de junio hasta las 23:30 del viernes 17 de junio del 2022.

 

Proceso de Habilitación de cuenta y habilitación de nota (Etapa RES)

La solicitud a la Etapa Res se realiza de la siguiente manera:

  1. Ingresar a transformar.senescyt.gob.ec (ingreso).
  2. Escribe tu usuario y contraseña.
  3. Ir a la sección «Proceso» y seleccionar la opción «Retorno al Acceso a la Educción Superior».
  4. Actualiza los datos solicitados: correo electrónico, número de celular, número de teléfono convencional, etc, y luego haz clic en «Actualizar tus datos».
  5. Acepta los términos y condiciones para el Retorno al Acceso a la Educación Superior.
  6. Lee detenidamente los casos de quienes envían la solicitud y selecciona uno según tu situación académica actual.
  7. Elegido uno de los casos, haz clic en «Guardar y enviar» y confirma el envío de la solicitud.
  8. Al aceptar se generará automáticamente el comprobante de respaldo de la solicitud en formato PDF y se enviará un correo electrónico con el detalle del caso seleccionado.

Sistema Online

¿Quiénes deben realizar el Retorno al Acceso a la Educación Superior?

NO todos deben enviar la solicitud a esta primera fase. Quienes sí deben hacerlo son:

  1. Los aspirantes que disponen de un cupo de una convocatoria anterior y desean participa en el proceso actual.
  2. Quienes tengan un puntaje anterior a las últimas cuatro convocatorias nacionales y desean participar en el proceso actual con alguna de esas notas – Consultar nota Transformar
  3. Los inscritos en el test Transformar del primer periodo académico 2022, pero que no se presentaron a rendir la evaluación – Inscripción al test Transformar
  4. Los aspirantes que sean parte de uno de los siguientes 13 casos:

CASO 1:

Cuando no hayan hecho uso de su cupo en el periodo en el cual se les fue asignado y hayan cumplido el periodo de penalidad, según lo establecido en el artículo 54 de este reglamento – Aceptación de cupos Senescyt Transformar

CASO 2:

Cuando hayan agotado su segunda matricula en nivelación de carrera.

CASO 3:

Cuando la institución de educación superior certifique que, por cualquier motivo, no se apertura el curso de nivelación para que el aspirante pueda hacer uso de su segunda matrícula; o hayan transcurrido cuatro periodos académicos posteriores a la reprobación de la primera matrícula.

CASO 4:

Cuando hayan obtenido un cupo en una carrera focalizada pública, y no puedan volver a la misma porque su institución de origen la dio la baja.

CASO 5:

Cuando hayan obtenido un cupo y las posibilidades de matrícula en la misma carrera, materia o asignatura estén agotadas, es decir, existe impedimento académico.

CASO 6:

Cuando los estudiantes de carrera (estudiantes regulares o retirados), egresados o graduados quieran obtener una segunda carrera.

CASO 7:

Cuando hayan perdido la beca por no cumplir las condiciones o por temas socio-económicos. En este caso, si obtienen un nuevo cupo en una institución de educación superior pública el mismo será gratuito.

CASO 8:

Cuando la carrera no fue abierta para el inicio de la nivelación, o para el primer nivel de carrera, por no cumplir con el cupo mínimo de estudiantes; y cuya opción de reubicación no haya sido aceptada.

CASO 9:

Cuando no se presentaron a rendir la Evaluación para el acceso a la Educación Superior, y ya cumplieron con la penalidad de no participación en el periodo de admisión.

CASO 10:

Cuando aprobaron la nivelación de carrera, no se matricularon en el primer nivel del período inmediato siguiente a la aprobación, según lo establecido en el artículo 62 de este reglamento.

CASO 11:

Cuando obtuvieron un cupo, aprobaron la nivelación y solicitaron un cambio de carrera y no fue aprobada por la Comisión Técnica de la Subsecretaría de Acceso a la Educación Superior.

CASO 12:

Cuando no hayan obtenido cupo o no dispongan de cupos activos en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión, y deseen participar en la convocatoria Nacional en curso, con una nota anterior a los últimos cuatro procesos de acceso a la educación superior realizados.

CASO 13:

Cuando hayan finalizado sus estudios bajo el programa Grupo de Alto Rendimiento Internacional. Con el objetivo de poder habilitar su cuenta para rendir una nueva evaluación, más no para postular con un puntaje de evaluación anterior. La nueva carrera no será gratuita.