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Resoluciones del COE sobre las instituciones educativas

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, resolvió en sesión permanente del día miércoles 2 de febrero del 2022, que de acuerdo a la evaluación de riesgo epidemiológico del Ministerio de Salud Pública y los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación para la educación inicial, educación básica y bachillerato resoluciones del COE sobre:

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Para el régimen Sierra-Amazonía, que el 7 de febrero de 2022 inicia el segundo quimestre del año lectivo 2021-2022, desde esa

fecha regirán las siguientes disposiciones, que se incluyen también en el Anexo 1:

i. En todos los semáforos, asistencia presencial de todos los estudiantes de bachillerato en todas las instituciones educativas que ofertan ese subnivel; así como, estudiantes entre primer grado de educación general básica hasta tercer curso de bachillerato matriculados en instituciones educativas unidocentes, bidocentes o pluridocentes y en instituciones educativas rurales. La institución educativa deberá reportar al distrito los casos de estudiantes con enfermedades catastróficas o agravantes y diseñar un plan individual, de acuerdo con su condición.
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ii. En todos los semáforos, asistencia presencial voluntaria de todos los estudiantes de básica elemental y básica media matriculados en instituciones educativas urbanas, respetando un aforo máximo de 2.25m2 por persona en todos los grados y cursos (este aforo permite una distancia de 1.5 m entre cada estudiante en el aula).

Las instituciones podrán dividir a los estudiantes por grupos y horarios, en horarios diferenciados para que se pueda respetar el aforo máximo resoluciones del COE sobre.

Todas las instituciones educativas de sostenimientos particular, fiscomisional, municipal y fiscal deberán ofrecer la opción de presencialidad en todos los grados y cursos para los cuales tienen estudiantes matriculados. De manera que se garantice el derecho a todas las familias de elegir que sus hijos asistan a la institución educativa de manera presencial.