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Registro SENESCYT – Homologación de títulos universitarios extranjeros

Registro SENESCYT Homologación títulos universitarios extranjeros. Requisitos, pasos y más información del proceso de registro y homologación de títulos universitarios extranjeros en la SENESCYT. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Registro SENESCYT Homologación títulos universitarios extranjeros

Los ciudadanos nacionales o extranjeros que hayan obtenido un título profesional en universidades reconocidas y acreditadas del exterior; y que requieran solicitar su registro en el Ecuador, podrán hacerlo acercándose personalmente a los punto de atención al usuario de la SENESCYT, con los siguientes requisitos:

Requisitos:

  1. Cédula o pasaporte
  2. Título original
  3. Plan de estudios o récord académico que permita verificar duración de estudios
  4. Modalidad de estudio (Áreas de conocimiento que su tecnicidad requiere prácticas en escenarios reales o áreas de conocimiento que afecten la vida. Art. 35) Ver listado de carreras

Importante:

  • Toda la documentación ingresada deberá ser apostillada o legalizada.
  • Al momento de ingresar el trámite, debes proporcionar un correo electrónico oficial, dirección física y datos de contacto de la universidad extranjera donde realizaste los estudios.
  • Si el estudiante no puede presentar el título por pérdida, robo, destrucción o cuando la Institución entregue el mismo en un tiempo posterior a la graduación, se podrá sustituir este requisito con un certificado emitido por la institución extranjera (que contenga la misma información que tendrá el título final) y se deberá adjuntar una declaración juramentada.
  • Si el título no está en idioma español, o inglés, se debe adjuntar una traducción oficial autorizada. (Deberá ser realizada por traductores registrados o acreditados en Embajadas, Consulados, departamentos de idiomas de universidades, escuelas politécnicas u otros organismos oficiales).

Preguntas frecuentes

a) ¿Toda la documentación debe estar apostillada o legalizada para ingresar el trámite de registro de un título extranjero?

Sí, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento sobre títulos y grados académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras vigente.

b) ¿Qué tiempo dura el trámite de registro de un título extranjero?

El trámite de registro de un título extranjero puede tomar hasta 30 días laborables, de acuerdo a lo que dicta el artículo 8 del Reglamento sobre títulos y grados académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras vigente, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y el reglamento mencionado.

c) ¿Es posible que se solicite más documentos o información adicional a los requisitos para el registro de un título extranjero?

Sí, de acuerdo al artículo 7 del reglamento vigente, la Senescyt podrá requerir información, documentación adicional que permitan determinar el cumplimiento de los requisitos.

d) ¿El trámite de registro de un título extranjero debe realizarse personalmente?

No necesariamente. El trámite puede ser realizado personalmente o a través de una tercera persona, con una carta de autorización simple; ésta autorización no requiere estar notariada.

e) Una vez registrado un título extranjero ¿en qué tiempo se refleja en la página de consultas?

A partir de que el estado de un título extranjero conste en la plataforma como ‘Aprobado’, el registro se reflejará aproximadamente en 72 horas.

f) En caso de que en la plataforma de consultas un trámite conste como rechazado, ya haya transcurrido el plazo establecido para recibir la notificación oficial y esta no es recibida ¿Qué se debe hacer?

En este caso, el interesado deberá comunicarse a los canales de atención oficiales de la Senescyt, para notificar al área encargada.

g) ¿Cuál es el proceso a seguir para reclamar y/o apelar la negación de registro de un título extranjero?

En caso de aplicar, en la notificación oficial que se envía en respuesta a un trámite de registro rechazado, constará el por qué de la negativa en la respuesta y la documentación que deberá presentar el interesado en el reingreso del trámite, si así lo requiere.

h) ¿Los títulos extranjeros obtenidos en modalidad online o a distancia son reconocidos en Ecuador?

Sí, siempre y cuando dichos títulos sean comparables con uno de los grados académicos o niveles de formación establecidos en la LOES y que éstos hayan sido otorgados por instituciones de educación superior extranjeras debidamente evaluadas, acreditadas o su equivalente por los organismos competentes en el país de origen. Lo expuesto no aplica para los casos del artículo 35 (áreas de conocimiento que podrían poner en riesgo la vida) del Reglamento sobre títulos y grados académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras vigente, ni para los títulos doctorales (PhD).

i) ¿Los títulos extranjeros propios o no oficiales son reconocidos en Ecuador?

Sí, podrán ser reconocidos conforme los niveles de formación establecidos en la LOES, siempre y cuando cumplan con los requisitos contemplados en el artículo 48 del Reglamento sobre títulos y grados académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras vigente.

j) ¿Los títulos extranjeros PhD obtenidos en línea son reconocidos en Ecuador?

No, no son reconocidos, de acuerdo a lo que establece el artículo 25 del Reglamento sobre títulos y grados académicos obtenidos en Instituciones Extranjeras vigente, en donde se indica que este nivel de formación debe cumplirse en modalidad presencial, semipresencial o tutelar.

k) Si no se cuenta con el título extranjero físico para ingresar el trámite de registro ¿cómo se debe proceder?

Si el interesado en ingresar un trámite de registro de un título extranjero no cuenta con el título físico por pérdida, robo, destrucción o cuando la institución de educación superior entregue el mismo en un tiempo posterior a la graduación, deberá sustituir este requisito con un certificado emitido por la institución extranjera que contenga la misma información que constará en el título final y se deberá adjuntar, adicionalmente, una declaración juramentada en la cual se detalle el motivo por el por qué no se presenta el título.

l) Al ingresar un trámite de registro de título extranjero, además de los requisitos solicitados, ¿se debe presentar información adicional?

Sí, además de los requisitos solicitados, el interesado deberá proporcionar un correo electrónico oficial, dirección física y datos de contacto de la Institución Extranjera donde realizó sus estudios.

m) Los títulos de abogado obtenidos en el extranjero y que sean registrados en el país ¿deben pasar por un proceso adicional para ejercer la profesión en Ecuador?

Sí, luego de que el título haya sido registrado en el país, el interesado deberá obtener la habilitación profesional otorgada por el Consejo de la Judicatura, siguiendo los procedimientos determinados en el Oficio-CJ-EFJ-2017-1947-OF.

n) ¿Qué aspectos se deben considerar para estudiar en el extranjero?

Es importante que el interesado verifique que la Institución de Educación Superior Extranjera cuente con la debida acreditación de los organismos oficiales del país emisor de la titulación y que el programa cumpla con grado académico.