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¿Qué requisitos deben cumplir los pasajeros que quieran ingresar a Ecuador?

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Requisitos para pasajeros que quieran ingresar a Ecuador

La pandemia del coronavirus cambió las dinámicas de los viajes en el mundo y Ecuador no fue la excepción. Restricciones de aforo, obligación de presentación de pruebas que certifiquen que los pasajeros no estén contagiados con la enfermedad y el uso de mascarillas se volvieron parte del día a día de los viajeros.

En este sentido, el pasado 17 de marzo del 2021, el COE Nacional de Ecuador aprobó nuevos lineamientos para el ingreso de personas por vía aérea al país. Estos entraron en vigencia a las 00:00 de este 22 de marzo del 2021.

Al respecto, la Corporación Quiport, que se encarga de la gestión del Aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, emitió este 22 de marzo del 2021 un comunicado en el que puntualizó los requisitos que deben cumplir las personas que deseen viajar al Ecuador desde el extranjero.

Estos lineamientos establecen que todas las personas que ingresen al país deben presentar «de manera obligatoria una prueba RT-PCR o prueba de antígeno negativa realizada hasta tres días antes del arribo a Ecuador».

La única excepción para este requisito es la presentación del carné de vacunación contra el coronavirus en el que conste que la persona que viaja ya recibió las dos dosis del antígeno.

Quienes han sido diagnosticados con covid-19 por medio de una prueba PCR «con más de un un mes desde la fecha de inicio de síntomas y que siga presentando pruebas PCR positivas, siempre y cuando haya ausencia de síntomas, deberá presentar un Certificado Médico emitido en el país de origen que avale su estado de salud para el ingreso al Ecuador», se explica en el comunicado.

En caso de que un pasajero presente síntomas de la enfermedad como son fiebre, tos, malestar, pérdida de olfato, pérdida del gusto, entre otros, será evaluado por personal del Ministerio de Salud Pública previo al ingreso al área de migración. Esto se realizará independientemente del resultado de la prueba PCR o de antígeno que tenga el viajero.

De determinarse que es un posible caso de covid-19, de acuerdo con lo informado por Quiport «se procederá a la realización de una prueba rápida de antígeno y de ser positiva deberá realizar 10 días de aislamiento después de la fecha de toma de muestra en su domicilio o en cualquier sitio de alojamiento a libre elección y a costo del viajero».

En caso de que la prueba de un resultado negativo, las personas no deberán realizar el aislamiento.

Excepciones

De acuerdo con los lineamientos, menores de edad y tripulación están exentos de presentar las pruebas o los carnés de vacunación.

Asimismo, ecuatorianos «que fueron declarados como inadmitidos en otros países y regresen al Ecuador» no deberán presentar la prueba. No obstante, en estos casos, el MSP realizará una prueba rápida de antígeno en el momento de su ingreso al país.

Pasajeros en tránsito tampoco deberán presentar las pruebas en el país.

Otros requisitos para el ingreso de pasajeros al Ecuador

Al momento de su llegada al país. Todos los pasajeros pasan por un sensor de temperatura «que permitirá identificar temperaturas superiores a 37,5 grados centígrados», se explica en el comunicado.

Los pasajeros además están obligados a cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas por el MSP entre las que están:

  • Uso obligatorio de la mascarilla
  • Lavado frecuente de manos con agua y jabón o alcohol gel de al menos 70%
  • Mantener un distanciamiento físico de 2 metros
  • Limpieza continua de superficies
  • Evitar participar en reuniones de más de 10 personas en sitios cerrados.
  • Si la reunión fuera necesaria se debe realizar con menos de 10 personas y asegurando la ventilación del lugar