Nuevos requisitos para ingresar al Ecuador
Desde hoy están vigentes los nuevos requisitos para ingresar al Ecuador, además ahora la prueba de antígenos es válida para entrar al país.
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La Dirección General de Aviación Civil, DGAC, como ente rector del sector aeronáutico del Ecuador, informa que el Comité de Operaciones de Emergencia, COE Nacional, resolvió modificar los requisitos de ingreso por vía aérea al país, frente a la propagación en el mundo de la variante del Covid-19, denominada Ómicron. Las nuevas disposiciones entran en vigencia a las 00h00 del miércoles 1 de diciembre de 2021.
Requisitos de ingreso a Ecuador continental por vía aérea
Al embarcar a la aerolínea, todas las personas deberán presentar de forma obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital
as personas mayores de 16 años de edad deberán presentar de manera obligatoria el carné de vacunación contra la covid-19, con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema. Además, una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, con resultado negativo, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.
Los menores entre 2 y 16 años de edad deberán presentar el resultado negativo de prueba cualitativa RTPCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque.
Requisitos de ingreso a las islas Galápagos por vía aérea
Todas las personas que quieran ingresar a la provincia insular, turistas o residentes, tienen los mismos requisitos:
Las personas mayores de 16 años de edad deberán presentar de manera obligatoria el carné de vacunación contra la covid-19 con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema. Además, del resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.
Los menores entre 2 y 16 años de edad deberán presentar el resultado negativo de prueba cualitativa RTPCR en tiempo real realizada hasta 72 horas, previo su embarque.
En el caso de turistas nacionales o extranjeros deberán presentar, además, la tarjeta de control de tránsito emitido por el Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos, eliminándose el salvoconducto gestionado por un operador turístico o por un alojamiento regulado por el Ministerio de Turismo. De esta disposición se exceptúa el salvoconducto para tour leader establecido en el artículo 12 del Reglamento de Guianza Turística para el Régimen Especial de la Provincia de Galápagos.
Restricción de ingreso al país
No podrán ingresar al Ecuador los ciudadanos que tengan como puntos de origen o tránsito los siguientes países africanos: Sudáfrica, Botswana, Egipto, Mozambique, Lesoto, Zimbabwue, Eswatini y Namibia.