Me pueden multar por aparcar mal
Me pueden multar por aparcar mal. Puede parecer que manejar nuestro vehículo a una velocidad muy reducida, con maniobras lentas y bien pensadas, no debería suponer ningún problema. La realidad se empeña, una vez más, en llevarnos la contraria: las maniobras de aparcamiento siguen siendo una de las asignaturas pendientes para los conductores, pero también es verdad que aparcar mal tiene sus riesgos (y sanciones). Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Sí, aparcar mal conlleva sanciones
Entre las multas de tráfico más comunes están las de aparcamiento en zonas urbanas, a pesar de que todo conductor sabe que conllevan una sanción administrativa. Las normas básicas y las sanciones correspondientes quedan recogidas en el Reglamento General de Circulación, para los estacionamientos y las paradas.
Al mismo tiempo, lo cierto es que la responsabilidad viene de las ordenanzas de cada ayuntamiento, pero hay que tener en cuenta que los ayuntamientos también dictaminan la prohibición de aparcar en zonas específicas, como las reservadas a los minusválidos, en franjas horarias concretas, zonas de carga y descarga, o si el vehículo está entorpeciendo la circulación.
Pero también es verdad que hay que saber la diferencia entre parada y estacionamiento. Hablamos de parada cuando el vehículo se detiene durante un tiempo inferior a dos minutos y su conductor no lo abandona. En cambio, en el estacionamiento el vehículo sí permanece detenido durante más de dos minutos sin el conductor en su interior. Es entonces, en este último caso, cuando los agentes nos pueden aplicar la multa por aparcar indebidamente.
Las multas van desde los 80 a los 200 euros
Con todo, y según dicta el Reglamento General de Circulación, nos será aplicable una multa de 80 euros por cuestiones como ‘vulnerar el régimen de parada y estacionamiento regulado por la ordenanza municipal’ en vía urbana y según las limitaciones horarias de duración del estacionamiento…
O bien por ‘no señalizar la presencia de un vehículo detenido’ cuando se hace una parada o estacionamiento. La misma multa se aplica al dejar excesiva separación, detallando esta infracción leve como ‘estacionar el vehículo sin situarlo paralelo al borde de la calzada’.
Por otra parte, si un vehículo está parado en un carril bus, en curvas, zonas de aparcamiento para discapacitados, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, cruces o en cualquier lugar peligroso o en el que se entorpezca de forma grave la circulación o ponga en riesgo a otros vehículos o peatones, incluso si el conductor está dentro, puede ser sancionado con 200 euros.
Dónde queda prohibido aparcar
En cualquier caso, realices un estacionamiento o una parada, nunca puedes hacerlo evidentemente donde no esté permitido, y tampoco vale la excusa de que simplemente estás parado y dentro del coche. No; cualquier agente puede multar estas actitudes.
Porque sí; al estacionar debemos aprovechar de la forma más eficiente posible en los espacios destinados para ello. Nos encontramos estacionamientos en línea o cordón, en batería o en oblicuo y podremos estacionar de frente o marcha atrás en función de la comodidad y del tipo de vehículo que llevemos.
Por último, debes saber que la cuantía de las multas por aparcar mal pueden ser distintas en función del tipo de infracción que se haya realizado:
- Aparcar dejando separación entre vehículo y acera: 80 euros.
- Aparcar en carga y descarga: sanción grave, 200 euros.
- Aparcar en plazas de minusválidos: sanción grave, 200 euros.
- Aparcar en doble fila: sanción grave, 200 euros.
- Aparcar en vado: sanción grave, 200 euros.
- Aparcar en la acera: sanción grave, 200 euros.
- Multa de parquímetro: sanción leve, cuantía variable.
- Estacionamientos en zona regulada: 80 euros.
- Exceso de tiempo en zona azul o verde: sanción grave, cuantía a fijar por cada ayuntamiento.