Formulario I-130 en Puerto Rico
Formulario I-130 en Puerto Rico. Si estas residenciado en Estados Unidos y quieres estar con tus seres queridos que aun están en el extranjero puedes hacerlo mediante el Formulario I-130. Aquí tienes una opción muy viable que hará que tu sueño se haga realidad y en el marco de la legalidad, estar con tus familiares Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Contenido:
- ¿Qué es el Formulario I-130?
1.1 ¿Quiénes pueden usar el formulario I-130? - ¿Para qué se usa el Formulario I-130?
- Documentos necesarios para respaldar el Formulario I-130
- ¿Dónde se debe presentar la Petición I-130?
4.1 ¿En cuánto tiempo se obtiene respuesta de la Petición?
4.2 Datos importantes - ¿Qué es la Elegibilidad al I-130?
5.1 ¿Quiénes no aplican para la elegibilidad? - ¿Cuál es el costo del trámite?
¿Qué es el Formulario I-130?
El Formulario I-130 es una planilla donde un ciudadano Puertorriqueño realiza la petición formal de residencia de un familiar dentro de Estados Unidos. Esto le permitirá al familiar, sea conyugue u otra de consanguineidad, el que pueda ingresar sin a Estados Unidos en el marco de la legalidad
Ya que mediante este formulario se realiza una petición de un familiar bajo declaración jurada de otro familiar que ya este legalmente en Estados Unidos. Claro que todo esto debe estar bajo supervisión del Gobierno Federal y del Estatal para que se establezca una migración regular con los lineamientos requeridos
Por lo que en términos generales podemos decir que el formulario I-130 es una petición formal en stados unidos para que un familiar directo o conyugue ingresen al país bajo la denominación de carga familiar
¿Quiénes pueden usar el formulario I-130?
Este es un formulario emitido en Estados Unidos para que se efectuara la petición de un familiar que se encuentre en otro país. Ya quedara de parte del Gobierno rechazar o aprobar la solicitud y definir las condiciones de aprobación
Entre las personas que pueden realizar esta petición se encuentran:
- Ciudadanos Estadounidenses
- Extranjeros que posean una residencia permanente en Estados Unidos y que se encuentren dentro del país
Esto para apalear ciertos inconvenientes que sus familiares puedan presentar en su país de origen y que ellos están en las condiciones económicas de acogerlo
¿Para qué se usa el Formulario I-130?
Prácticamente este es un formulario que le permite a un ciudadano estadounidense o extranjero con residencia permanente en Estado unidos acoger a un familiar. Siendo su función principal la de realizar la petición formal de un familiar que este fuera de los Estados Unidos para que emigre a este país por los canales legales
Por lo tanto podemos mencionar en específico bajo que denominaciones se puede solicitar ese familiar:
- Esposo o Esposa que estén legalmente casados en el país de origen
- Hijo o Hija menor de 21 años como edad reglamentaria como mayoría de edad en estados unidos, este familiar debe poseer un estado civil de Soltero
- Un Hijo o Hija con estado civil de casado que manifieste voluntad de emigrar solo a Estados Unidos
- También se puede solicitar para un Hijo o Hija mayor a los 21 años independientemente del estado civil, pero debe requerir emigrar a Estados Unidos
- Padres del solicitante que pueden tener cualquier edad
- Hermano o Hermana de cualquier edad indistintamente del estado civil pero que desee emigrar a estados unidos
Estableciendo de esa forma el canal regular para que ciudadanos estadounidenses como extranjeros con residencia permanente puedan solicitar un familiar que resida en otro país. Y para ello se dispone del formulario I-130 en Estados Unidos que debe ser canalizado por el servicio de Inmigración de Estados Unidos USCIS
Documentos necesarios para respaldar el Formulario I-130
Como documentos complementarios a la solicitud efectuada mediante el Formulario I-130 el solicitante debe tener los llamados documentos para respaldar la solicitud ante la USCIS:
- Documento de identidad emitido por el organismo respectivo en el país de origen del beneficiario indicado en el Formulario I-130
- Copia del acta de de nacimiento también llamado certificado de nacimiento del menor en algunos países
- Pasaporte de viajero expedido por el país de origen
- De no poseer documentos de identificación por también ser extranjero residenciado en dicho país, se debe remitir documento de naturalización o permiso de residencia permanente
- De igual forma y como constancia de poseer un matrimonio legalmente establecido en el país de origen el solicitante debe consignar el certificado de matrimonio. Allí debe estar descrito el nombre de los contrayentes, fecha y lugar donde se efectuó la ceremonia nupcial
- Como Complemento al acto ceremonial del matrimonio el solicitante debe enviar fotos o videos donde se muestre a los contrayentes compartiendo en la boda
- Suministrar otros documentos mancomunados donde claramente se manifieste la unión matrimonial de los contrayentes. Estos pueden ser un contrato de alquiler de la vivienda que compartían, cuentas bancarias con firmas mancomunadas, entre otros que demuestren la unión conyugal
- Si anteriormente el solicitante estuvo casado o casada, debe consignar el acta de divorcio para demostrar la separación plena con la otra persona y no estar incurso en bigamia
- En el caso que el solicitante o beneficiario hayan realizado cambio de nombre debe presentar la documentación relacionada que demuestre el hilo del parentesco
En casos excepcionales pueden ser requeridos otros documentos con la finalidad de proporcionar la mayor cantidad de información para que dicha solicitud sea aprobada. Recuerda llenar correctamente tu formulario I-130.
¿Dónde se debe presentar la Petición I-130?
En Estados unidos se maneja la opción de tramites vía correo postal, esto por ser un país que tiene dominio y seguridad en el ramo. Pero para enviar esta petición el solicitante deberá remitirlo a la sede de Inmigración de Estados Unidos más cercana a su Residencia
Para mayor información te recomendamos ingresar a la siguiente dirección electrónica para conocer las direcciones de envíos disponibles:
Allí encontraras información de interés que puede servirte como guía para tramitar de forma efectiva tu petición de un familiar estipulado en dicho formulario
¿En cuánto tiempo se obtiene respuesta de la Petición?
Esta es una solicitud que requiere mucho tiempo para realizar un análisis serio y comprometido por parte del servicio de Inmigración de los Estados Unidos
Es por ello que el tiempo estimado de respuesta es de 12 a 24 meses en el que se incluye la opción de asignación de la Green Card bajo la modalidad que el gobierno estipule.
Datos importantes
Como dato importante debemos mencionarte los siguientes números:
- El Servicio de Inmigración de Estados Unidos recibe anualmente un estimado de 250 mil solicitudes
- Tiene un acumulado de más 850 mil solicitudes pendientes por analizar
- El ultimo año aprobaron más de 170 mil solicitudes y negaron tan solo alrededor de 18 mil solicitudes, poco más del 10% de las aprobadas
Estadísticamente hablando podemos decir que la aprobación de tu solicitud es un hecho, solo debes llenar correctamente tu formulario I-130 y consignar los documentos correctamente
¿Qué es la Elegibilidad al I-130?
La elegibilidad al I-130 es la opción que tiene un ciudadano en estados unidos para solicitar a un familiar que se encuentre fuera del país. En la mayoría de los casos suelen ser ciudadanos de otros países que desean emigrar pero no pueden obtener una visa calificable
Ante ello debemos mencionarte como son denominados los ciudadanos en esta petición:
- Quien emite la petición se denomina Patrocinador o Peticionario
- Al ciudadano que solicita la tarjeta de residencia mediante el formulario I-130 se denomina Beneficiario
Es importante recordarle al solicitante que el Patrocinador debe poseer un estatus de ciudadano estadounidense o ser extranjero con una residencia permanente en el país
¿Quiénes no aplican para la elegibilidad?
Existen muchas opciones por las cuales una solicitud de esta índole puede ser rechazada, ante ello te mencionamos las más usuales:
- Parientes lejanos
- Hijos adoptivos los cuales hayan adquirido esta modalidad pasado los 16 años de edad del adoptado
- Parientes bilógicos de hijos adoptados por un ciudadano estadounidense o extranjero con residencia permanente en Estados Unidos
- Padrastro o Hijastro del Peticionario, en el último caso si el hijastro ya poseía la edad de 18 años como mínimo
- Conyugue donde no se demuestre la unión legal ni otros lazos mediante el suministro de pruebas contundentes
- Ciudadanos que ya hayan optado a la misma petición y hayan sido rechazadas por diversos motivos
- Personas que ya hayan obtenido una residencia temporal en el país y les haya sido derogada por cualquier índole
- Ciudadanos que estén incursos en litigios legales dentro de los Estados Unidos, para ello se debe esperar el respectivo dictamen del litigio para proceder con la petición
- Extranjeros que presenten cargos o procesos pendientes ante el servicio de Inmigración de los Estados Unidos
Toma nota de estas opciones para que procedas a realizar una petición efectiva mediante el formulario I-130.
¿Cuál es el costo del trámite?
Este es un trámite que tiene un costo único y total de 535$ pagaderos antes de iniciar el proceso en las instituciones designadas por el Gobierno de Estados Unidos
El pago del trámite no implica aprobación y muy al contrario este puede ser rechazado por cualquier motivo que aplique sin efectuar reembolso alguno. Por lo que te indicamos que realices la petición cuidadosamente, cumpliendo al pie de la letra requisitos y documentación para evitar que sea rechazada
De esta forma concluimos y te indicamos que aquí existe una opción para estar al lado de tus seres queridos en Estados Unidos, solo cumple los lineamientos y listo