Conozca la tabla de pensiones alimenticias 2020
Conozca la tabla de pensiones alimenticias 2020. La nueva tabla de pensiones alimenticias 2020 ya esta disponible, los rangos de la tabla varían por el incremento del salario básico unificado a USD400.
Consulta los nuevos rangos para realizar un juicio de alimentos o solicitar el incremento de pensión.
EL SUPA se actualizará automáticamente de acuerdo a la tabla de pensiones 2020.
En el SUPA, a partir del mes de enero 2020 se realizará el incremento de forma automática, no es necesario que la madre o representante realice trámite alguno para el incremento de la nueva pensión.
Pensiones alimenticias SUPA 2020.
La tabla de pensiones está compuesta por 6 niveles, organizados a partir de los ingresos del alimentante, expresados en salarios básicos unificados, considerando el número total de hijos/as y sus edades.
Cálculo de pensiones alimenticias 2020 CLICK AQUÍ
La Tabla de pensiones es la base para realizar el cálculo de la pensión alimenticia, dicho cálculo se realiza sobre los ingresos del alimentante, si éstos suman hasta 492.50 dolares deberá pagar el 28.12% de su salario por un solo hijo, de hasta 4 años. Si el menor tiene más de 5 años, el monto asciende al 29,49%, por dos hijos (menores de 4 años) será el 39,71%. Para descendientes mayores a los 5 años el porcentaje es de 43,13%, pero si el demandado tiene tres o más hijos cancelará el 54.23%.
Sistema Unico de Pensiones Alimenticias (SUPA)
Es la herramienta informática desarrollada y administrada por el Consejo de la Judicatura, que garantiza el adecuado y oportuno proceso de recaudación y pago de pensiones alimenticias, a favor de los usuarios.
Entre las funciones más importantes del SUPA tenemos:
Consultar las pensiones alimenticias en el SUPA.
Pago automatizado de la pensión alimenticia.
Recaudación de la pension alimenticia.
Consideración especial: En el caso de la Provincia de Galápagos, los valores que se aplicaran en la fijación de pensiones, tendrán en cuenta la normativa relativa al salario básico unificado, en función al Régimen Especial vigente para la Provincia.
La tabla de pensión permite obtener un valor mínimo, el Sr. Juez está en la potestad de incrementar o disminuir el valor de la pensión en función de los justificantes que presenten las partes(actor y demandada).
Consideraciones de la Tabla de Pensión de Alimentos:
Si se demanda al padre y a la madre, debe calcularse la pensión individualmente según los ingresos de cada uno.
Para calcular la pensión se tomará en cuenta todos los INGRESOS del demandado menos el aporte al Iess y el impuesto a la renta.
Podrá descontarse la pensión del sueldo del demandado por orden judicial, SI EL EMPLEADOR NO LO HACE TENDRA SANCIONES.
La pensión puede ser depositada en una cuenta bancaria del derechohabiente.
Los valores de la tabla pueden ser INCREMENTADOS por el juez.
Solo se puede llamar a los abuelos, hermanos o tíos si se los nombró en el formulario de demanda.
El formulario de demanda lo puede presentar cualquier persona, aún los adolescentes mayores de 15 años.
Pensión alimenticia en décimo tercero y décimo cuarto sueldo.
En los meses de septiembre y diciembre de cada año para las provincias del régimen educativo de la Sierra; y, en los meses de abril y diciembre para las provincias del régimen educativo de Costa y Galápagos, el alimentado tendrá derecho a recibir el valor de dos( 1 por el décimo tercero y 1 por el décimo cuarto sueldo) pensiones alimenticias, a pesar de que el demandado no trabaje bajo relación de dependencia.
Quienes no paguen la Pensión Alimenticia más de 1 mes.
Serán registrados en la página web del Consejo de la Judicatura y en la Central de Riesgos.
No podrán ser candidatos a cualquier dignidad de elección popular.
Ni ser designados para ocupar cargo público.
Tampoco vender o transferir bienes muebles o inmuebles.
Tendrán prohibición de salida del país.