devuelven en la Declaración de la Renta

Cómo saber si me devuelven en la Declaración de la Renta

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¿Cómo saber si me devuelven en la Declaración de la Renta?

La declaración de la renta es un factor determinante para los seres humanos cuando deben hacer su declaración del impuesto sobre la renta, para  como saber si me devuelven en la declaración de la renta o debo cancelar por encima de lo estimado.

En la nación española esta declaración cubre gran relevación por los costos de los impuestos.

El saber si sale devolver o cancelar permiten la planificación y a tener los nervios en control cuando viene la cita del año con el personal de Hacienda.

Las cosas no son tan complicadas como se imagina el ciudadano, sólo con llevar el control de las cuentas, los montos claves para de una vez ver por encima como van las cuentas y adelantarte al resultado de las rentas previamente antes de tener que completar el formulario.

La declaración de las rentas puede verse en dos puntos de vistas, tanto negativa como positiva. Así podrá saber el estado de la declaración. Dependiendo como lo vea el ciudadano, si es el que recibe el beneficio o las oficinas de hacienda.

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Declaración de la renta negativa o a devolver

Cuando realizas la declaración de las rentas  es negativa esto  significa ha tocado a devolver. Es decir el ciudadano recibe el dinero de hacienda.

Las rentas  se reflejan negativas cuando observa el signo del monto en que se ve en el recuadro de la cuota diferencia, de la misma manera aparece en la parte de arriba de la hoja de resumen de la declaración de la renta.

De ser así tienes el derecho de recibir la devolución de los intereses declarados y han adelantado en el gestor de hacienda por medio de las deducciones que recibes en tu cobro salaria.

 

 

 

Declaración de la renta positiva o a pagar

En este punto se tiende a confundir en el momento de la declaración de la renta porque cuando recibes el documento de la declaración el título del formato dice  A INGRESAR.

Las personas tienden a confundirse, pero realmente lo que sucede que el formato del impuesto está elaborado no en función del ciudadano contribuyente sino está diseñado en función de la Entidad Tributaria.

Cuando se refiere a ingresar quiere decir que el dinero ingresara para hacienda. En esta situación cuando en el formato no sale el signo negativo quiere decir que es positiva y debes cancelar el arancel que refleje la entidad.

 

 

¿Cuánto tarda en devolver?

Todas aquellas personas que su resultado haya indicado devolver debe tener presente que hacienda cuenta con 6 meses para cancelar desde la última fecha de plazo de la forma de presentar las narraciones.

Aunque tiene un tiempo límite, algunos contribuyentes percibirán el dinero unos días después de haber  realizado su declaración del impuesto.

En el caso que venza el tiempo donde hacienda tendría que cancelar el dinero al contribuyente, entonces  hacienda deberá pagar un interés por retraso  sin que la persona haya hecho su respectivo reclamo.

En el otro particular donde las personas en la cual su declaración de la renta y su resultado final sea a cancelar podrán afiliar sus pagos y as u vez fraccionarlos.

Hacienda le cargará el sesenta por ciento para el primero de junio y el cinco de noviembre se realizara con el cuarenta por ciento que falta.

¿Qué es una Declaración negativa?

Cuando refiere una declaración sea negativa es a devolver.   Esto quiere decir quien le debas cobrar a la entidad gubernamental, hacienda.

La manera de darte cuenta si salió negativa la declaración es cuando observas el signo negativo en el formato indicando uno cuota diferencial en el resultado, así mismo se refiere en la parte de arriba del formato del resumen de la declaración.

También hace referencia el signo negativo hace referencias del derecho del ciudadano de solicitar su cobro que has adelantado en hacienda por medio de las deducciones de tu salario en la empresa donde laboras.

Todo ciudadano tiene su beneficio de poder percibir su devolución ya que esa cantidad tiene un límite superior.

Esto tiene que ver a que las cuotas que resulten no pueden ser mayores a las retenciones o deducciones que le hagan al trabajador por el IRFS o las diferentes cancelaciones en el caso de ser independiente.

El proceso de tramitación de la renta

Para los pagos realizados antes del año dos mil diecisiete, el plan proyecto era diferente al enlace calculado después del año dos mil diecisiete (2017) sobre la devolución en la renta.

En lo que se refiere al estado de tramitación, el documento será el que reciba el siguiente mensaje:

  • Una narración se está gestionando.
  • La exposición  está siendo verificada.
  • Su narración ha sido procesada por los entes de Gestión Tributaria, valorándose de acuerdo a la devolución requerida por usted

En el momento que se hayan efectuado las evaluaciones específicas y la exposición sea la correcta, saldrá  el mensaje señalando la fecha en la que será emitida la entrega de la devolución  en la cuenta bancaria al presentar la declaración.

En el caso que la exposición se está gestionando

Cuando responde el ente gubernamental, quiere decir que el escrito está grabado y enviado pero que aún no han revisado el documento.

Con respecto cuando el mensaje refiere que los documentos entregados indicando el aporte no ha entrado al procedimiento se refiere que se debe chequear el abono.

Esto significa que hay inconvenientes con el envío, que hay que revisar que todo este legalmente correcto. En último caso solicitar una previa cita a la entidad tributaria para verificar, en los lapsos fijados.

 

 

Cuando el mensaje hace referencia que la exposición ya se esta agilizando

Es necesario crear situación de miedo, es normal que el poder ejecutivo nacional o la entidad de hacienda ejecuten verificaciones.

En el momento del llenado se debe haber colocado datos nuevos como alquileres, subsidios, deducciones u otras, y chocan con los datos registrados los cuales se van actualizando cada día y comprueban su legalidad.

Teniendo en cuenta que la devolución está presente y en cualquier instante llegará.

Cuando especifica el mensaje, su narración ha sido procesada por los entes de Gestión Tributaria

valorándose de acuerdo a la devolución requerida por usted, sin ningún inconveniente de las constancias que se pueden realizar seguidamente por los entes de la entidad tributaria.

Es el mensaje confortador porque refiere, que la entidad tributaria ya ha verificado que toda la información está confirmada y es factible que de inmediato o en cualquier instante dicten la orden para el pago a través de la agencia bancaria.

Sin embargo, se debe tener presente que se pueden gestionar verificaciones  y pedir las constancias en relación a las exposiciones mostradas en un periodo de cuatro años, siendo el lapso de renovación del registro.

 

 

Su exposición ha sido gestionada por los entes de la agencia tributaria

Tomándose en cuenta según lo devuelto requerida por su persona. Sin embargo, su devolución está en proceso de verificación.

Esta información refiere que se ha chequeado la documentación y existen algunos inconvenientes con la gerencia pública en vía ejecutiva. Es decir cuando existe alguna sanción por tráfico, impuestos pendientes, IBI, algún problema sobre embargos.

Por lo tanto el valor en la devolución salda referidas deudas, pero con todo queda algo para devolver. También el mensaje puede referir, su aporte a devolver ha sido gestionada para la fecha de día, se menciona el día, del mes tal del año en curso.

En el caso que en diez (10) días no se ha recibido el mencionado aporte se debe asistir a la agencia de gerencia de la entidad tributaria correspondiente al domicilio fiscal.

Esto quiere decir que la cancelación ya ha sido aprobada y gestionada y en cualquier momento caerá en la cuenta bancaria. Por tanto se debe haber verificado el número de cuenta y la entidad referida.

Consejos y dudas

En oportunidades las personas tienen dudas con respecto a porque son dos exposiciones con las mismas narraciones mostradas al mismos tiempo para que sean gestionadas y puesta en devolución en fechas diferentes.

Porque  para aquellos ciudadanos que muestran su declaración para el fin del mes de junio que corresponde cierre dela jornada, hay devolución con antelación en referencia con otros que la entregan posterior.

Precisamente la entidad tributaria le resulta hacer la devolución en el mes de enero del año siguiente cancelándoles intereses por el retraso del pago porque el pago tendía que resultar para el mes de diciembre en los últimos días.

En el caso de no haber declarado el impuesto sobre la renta y estas dudoso en hacerla o no, se debe recordar, que la misma no es obligatorio mostrarla, pero se hace necesario para cuando la entidad de hacienda le corresponde devolver, puedas tener control del hecho.

De esa misma manera obtendrá un borrador del resultado de la presentación de la declaración y de los datos al fisco.

De la misma manera siempre es necesario estar asesorado con algún experto en asuntos tributarios para finalizar el formato a reportar.

Asimismo todo ciudadano puede asistir a las oficinas de  entidad tributaria, y ellos les asesorarán con respecto a las dudas presentadas.